El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que modifica el sistema de acceso a plazas públicas docentes para los años 2022, 2023 y 2024 con el fin de reducir la temporalidad en el sector público educativo. Una norma que no convencía nada a las autonomías por sus privilegios para los profesores interinos y que, finalmente, endurecerá sus términos para estos profesionales.
El principal cambio que introduce el RD es que aquellos trabajadores con más de 5 años de antigüedad puedan optar a una plaza de funcionario a través de concurso sin tener que hacer el examen de oposiciones. Esta medida venía derivada de un compromiso que España adquirió con Bruselas para reducir la temporalidad.
Aun así, las formas no gustaron a varias regiones que empezaron a implantar el viejo modelo de oposición para este curso, convocando los exámenes antes de que se aprobara el RD. Y no sólo a las CCAA y a los nuevos aspirantes (sin experiencia) les desagradó el sistema. Según los sindicatos del sector, el redactado no gustó tampoco al Consejo de Estado.
Es por ello por lo que el RD que ha aprobado el Consejo de Ministros endurece las condiciones para que los interinos obtengan plaza sin examen. Según la nueva redacción que ha adelantado El País y ha confirmado este medio, las plazas que correspondan a la tasa de reposición (cubren las plazas que dejan las jubilaciones) y las de nueva creación no responderán al nuevo RD.
De esta manera, la vía habilitada por el Ministerio para estabilizar interinos (un concurso-oposición con baremos donde la antigüedad puntúa mucho y el concurso de méritos sin examen) no será aplicable ni a las plazas de reposición ni a las de nueva creación.
Los sindicatos aseguran que "aproximadamente" menos del 40% de las plazas que se ofrecen anualmente son de reposición o nueva creación, pero "todavía es difícil" confirmar la cifra, puesto que es una decisión de cada CCAA.
Dos vías en la ley de Interinos
Con todo ello, el restante 60% de las plazas que sean convocadas en los próximos procesos selectivos (en el caso de la mayoría de las CCAA las que se celebren a partir del siguiente año) sí responderán a los nuevos criterios.
Principalmente, lo que ha hecho Educación es crear dos vías para estabilizar a los interinos con mucha experiencia y que todavía no tienen una plaza a su nombre. Por un lado, un concurso-oposición con baremos que valoran de forma extraordinaria la antigüedad y, por el otro, un concurso de méritos sin examen.
Respecto al concurso oposición, uno de los grandes cambios es que las fases de la oposición no tendrán carácter eliminatorio. Hasta ahora, el acceso a la función pública docente contemplaba la obligatoriedad de aprobar la fase de examen (desarrollo de un tema y ejercicio práctico) para poder acceder a la segunda parte de la oposición (entrega de una programación didáctica y presentación de una unidad).
Pero no será el único. Los aspirantes sin experiencia laboral no deberán hacer una prueba práctica (como un comentario de lengua o problemas de matemáticas) y sólo tendrán que desarrollar un tema teórico. Tras superar esa fase de examen, deberán presentar su programación didáctica.
Si se obtiene una media de cinco se empezarán a evaluar los méritos. Es ahí donde Educación pone el foco, creando diferencias claras entre interinos y nuevos aspirantes. La experiencia previa contará un máximo de 7 puntos (más que nunca) y la formación académica contará un máximo de 2 puntos (menos que nunca).
Con el objetivo que de los internos estabilicen su plaza, Educación refuerza la vía 'extra' con un "concurso de méritos".
En estos casos, la experiencia previa contará un máximo de 7 puntos; la formación académica hasta 3 puntos; y otros méritos un máximo de 5 puntos (contando 2,5 puntos la superación de la oposición en la misma especialidad en convocatorias celebradas desde 2012). De este modo, los aspirantes podrán alcanzar hasta un máximo de 15 puntos sólo por la valoración de sus méritos.
Críticas
Pero los cambios que se han hecho a petición del Consejo de Estado no agradan ni a los interinos ni a los aspirantes sin experiencia ni a las CCAA.
Los principales sindicatos docentes (CCOO, UGT y CSIF) han tachado las modificaciones de "incomprensibles" y las han acusado de "empeorar y dificultar la gestión de los procesos de estabilización del personal docente".
Desde CCOO afirman que el cambio va a afectar a las convocatorias porque, o bien se deberían organizar dos oposiciones distintas en fechas diferentes, para asegurar esa libre concurrencia a ambos que marca la ley, o bien se realizarían de forma simultánea, con lo que las personas aspirantes deberían elegir "a ciegas" a cuál presentarse.
"Una tercera posibilidad igual de inadecuada sería que las administraciones educativas pudieran no convocar tasa de reposición o de estabilización en alguno de los cursos. Esto implicaría que no se reduciría la temporalidad según el objetivo marcado".
Posición similar a la trasladada por CSIF que ha acusado a este Real Decreto como de "mayor inseguridad jurídica". "No se entiende que en el anterior proceso de reducción de temporalidad de 2017 y 2018 se adaptara el Real Decreto de acceso y fuera válido para todas las plazas ofertadas y ahora se diferencien las plazas que se cubrirán mediante dos procedimientos de concurso-oposición distintos. Para CSIF esto es una muestra más de la mala gestión por parte del Ministerio en la tramitación de dicho proyecto de Real Decreto".
La plataforma Docentes por la Justicia, creada en estos años para denunciar el RD de interinos, asegura que el cambio no soluciona su problema y sigue dando ventaja a los interinos. A su juicio, quienes no cuentan con experiencia docente no tienen una oportunidad de acceder al sistema público docente.
Como llevan haciendo desde que se anunciaron los primeros borradores, la Plataforma califica de "inconstitucional" este sistema de tres vías y ha anunciado que recurrirán judicialmente este Real Decreto.