Más años de cárcel para algunos delitos, pero menos castigo para otros. Las reformas del Código Penal (CP) planeadas por PSOE y Unidas Podemos —de la mano de sus socios del bloque de investidura— son desiguales. Endurecerlo para determinados comportamientos mientras se reducen las penas para ciertos ilícitos.
Los dos partidos de la coalición presentaron este viernes una enmienda para modificar el artículo 311 del CP, a fin de castigar con penas de hasta seis años de prisión "a quien imponga condiciones ilegales a sus trabajadores mediante su contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantenga en contra de requerimiento o sanción administrativa".
Y ello abre la puerta a que las empresas que reincidan en la contratación de los denominados falsos autónomos se enfrenten a penas de cárcel. Hasta ahora, sólo afrontarían responsabilidades administrativas.
Así lo resumió la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, poco después de la presentación de la enmienda: "Tiene que ver con ensanchar el carácter delictivo de algunas conductas de empresas que, bien porque son reincidentes o bien porque no atienden a los requerimientos (...) de las inspecciones de trabajo, invaden la esfera de lo penal".
"No tiene sentido que tengamos comportamientos punitivos en muchas esferas de la vida y, sin embargo, dejemos al mundo del trabajo fuera", reprochó Díaz.
Este endurecimiento contrasta con otra polémica reforma del Código Penal que impulsa el Ejecutivo y sus socios del bloque de investidura: la reducción de penas por el delito de malversación. La doble vara de medir del Código Sánchez.
Actualmente, este delito se castiga, en su tipo básico, con penas de prisión de dos a seis años de cárcel, así como inhabilitación para cargo o empleo público durante un tiempo de seis a diez años.
Además, el CP concibe dos modalidades agravadas. La primera impone penas de cuatro a ocho años si esta actuación causa "un grave daño o entorpecimiento" al servicio público o si el perjuicio ocasionado supera los 50.000 euros.
Y, de sobrepasar los 250.000 euros, "se impondrá la pena en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la [pena] superior en grado". ¿Qué quiere decir esto? Que podrá penarse con una horquilla de 6 a 8 años e, incluso, para los casos más graves, llegar a penas que van desde los 8 años y un día hasta una década de prisión.
En el caso de que el perjuicio no supere los 4.000 euros, el Código Penal español impone penas de prisión de uno a dos años de cárcel más multas. La condena se aminora sustantivamente si el autor del delito repara el daño "de modo efectivo o íntegro" o su colabora con la Policía para capturar a otros responsables.
Y, paralelamente, este viernes, también a primera hora de la mañana, Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) registraba en el Congreso de los Diputados su enmienda para rebajar el delito de malversación, un texto "negociado" con el PSOE, según admitían los propios republicanos catalanes.
Reclama reducir a la mitad las penas máximas para la malversación de fondos públicos "si no hay ánimo de lucro personal", sino que la conducta delictiva estuvo guiada por "fines políticos".
Esta enmienda, además, se ha presentado en el marco de otra modificación del Código Penal, la que pretende eliminar el delito de sedición —por el que también fueron condenados los líderes del procés independentista— y sustituirlo por el de "desórdenes públicos agravados".
De hecho, la propuesta de ERC para reducir el castigo por la malversación sin lucro personal también plantea rebajar las penas de este nuevo tipo penal que sustituye a la sedición.
Por su parte, PSOE y Unidas Podemos presentarán este lunes en el Congreso otra propuesta de reforma del Código Penal que crea un nuevo tipo de malversación que penalizará con hasta cuatro años de cárcel y seis de inhabilitación el desvío presupuestario irregular dentro de la misma administración pública, lo que supone una rebaja frente al actual CP.
Falsos autónomos
Cálculos recientes de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) estiman en más de 300.000 los falsos autónomos que hay en España.
Su persecución por parte del Gobierno se ha intensificado a raíz de la creciente popularidad de las plataformas de reparto de comida y otros productos. Una ofensiva legal que se ha traducido en la llamada Ley Rider, cuyo objetivo es poner coto al abuso de la figura del falso autónomo que hacen las grandes plataformas digitales de reparto como Glovo —multada con 79 millones de euros por la Inspección de Trabajo— o Uber Eats.
Como incidió UPTA en un comunicado, las organizaciones representativas de autónomos "tienen la responsabilidad de clarificar la figura del autónomo económicamente dependiente [que presta sus servicios en exclusividad], además de perseguir el fraude en la contratación y denunciarlo cuando proceda". Y ponía el foco en el fenómeno del teletrabajo, "otro de los grandes peligros en el sistema actual de contratación".
La malversación es un problema muy extendido en nuestro país y también está cuantificado. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) la considera uno de los delitos vinculados a la corrupción, junto a otros ilícitos, de menor impacto económico, como el cohecho, la prevaricación o el tráfico de influencias.
Los últimos datos disponibles de 2019, previos a la pandemia de la Covid-19, alertaban de que la corrupción, en términos generales, resta 60.000 millones de euros en ingresos a España. La cifra fue aportada por el Fondo Monetario Internacional (FMI), y equivalía al 4,5% del PIB español en ese momento.
Pocos meses antes, la Fundación BBVA había publicado el informe Los costes económicos del déficit de calidad institucional y la corrupción en España, en el que aseveraba que acabar con la corrupción en España podría incrementar en un 16% el PIB per cápita en un plazo de 15 años o, dicho de otra forma, añadir un crecimiento anual de la economía del 1,1% a lo largo de ese periodo.
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