La reforma de la malversación no apareció en la mesa de negociación de PSOE y ERC hasta el último momento. Las prisas por las agendas, los cambios casi paralelos en el delito de sedición y el secretismo obligaron a resolverla rápido, en silencio y a espaldas de varios altos cargos de ambos partidos. El objetivo era evitar un torrente de condenas antes de las generales.
Fuentes parlamentarias hablan de una larga lista –"más de 70"– de cargos políticos de segunda fila y técnicos de la Generalitat que siguen a la espera del juicio o están siendo investigados por estos delitos. Una de las prioridades de la negociación era evitar que todos ellos pudieran acabar en la cárcel justo antes de las elecciones generales, aunque algunos procesos podrían demorarse todavía hasta la siguiente legislatura. La reforma les da esperanza.
El nuevo texto del Código Penal pactado este lunes deja una vía abierta a que algunos malversadores no pisen la cárcel. Como ya adelantó EL ESPAÑOL, la cifra podría afectar también a 30 líderes encausados por el procés, que se encuentran a la espera de juicio y que ahora podrían eludir la prisión con el nuevo texto.
Ni PSOE ni ERC tenían claro que las resoluciones judiciales o incluso las instrucciones pudieran resolverse antes de diciembre de 2023 —en algunos casos se habla hasta de año y medio de espera—, pero no quisieron arriesgarse. Para ello, el PSOE se dirigió directamente a la cúpula de ERC en Barcelona, sin pasar por los intermediarios habituales del Congreso de los Diputados.
Malversación sin cárcel
La gran novedad que trae consigo esta reforma del Código Penal es que añade, por primera vez, un nuevo tipo penal que abre la puerta a una malversación sin cárcel (sólo con pena de inhabilitación). En concreto, la modificación del artículo 433 permite eludir la prisión para aquellos que desvían el patrimonio del Estado siempre y cuando no provoquen "daño o entorpecimientos graves al servicio".
Para estos casos, el texto de la enmienda transaccional presenta unas penas "de inhabilitación de empleo o cargo público de uno a tres años y multa de tres a doce meses". Es uno de los tipos que podrían afectar a los procesados por el Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona, entre los que se incluyen los hombres de máxima confianza de Junqueras cuando era vicepresidente de la Generalitat: Lluís Salvadó y Josep Maria Jové.
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El Código Penal (CP) define el delito de malversación como aquel perjuicio al patrimonio público cometido por un funcionario y, por el momento, lo castiga, en su tipo básico, con penas de dos a seis años de prisión, así como inhabilitación para cargo o empleo público durante un tiempo de seis a diez años.
Además, el CP concibe dos modalidades agravadas. La primera impone penas de 4 a 8 años si esta actuación causa "un grave daño o entorpecimiento" al servicio público o si el perjuicio ocasionado supera los 50.000 euros.
Y, de sobrepasar los 250.000 euros, "se impondrá la pena en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la [pena] superior en grado". ¿Qué quiere decir esto? Que podrá castigarse con una horquilla de 6 a 8 años e, incluso, para los casos más graves, llegar a penas que van desde los 8 años y un día hasta una década de prisión.
En el caso de que el perjuicio no supere los 4.000 euros, el Código Penal impone penas de prisión de 1 a 2 años de cárcel (más multas). Es decir, en todos los casos que están vigentes actualmente, la malversación se castiga siempre con cárcel. Más o menos años, pero siempre con cárcel. Ahora, ERC y PSOE pretenden incluir este nuevo tipo penal a medida para que sólo esté castigado con multas e inhabilitación.
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