Solicitud del voto en una oficina de Correos.

Solicitud del voto en una oficina de Correos. EUROPA PRESS

Política

Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones en Galicia 2024: cómo pedirlo y plazos

Los ciudadanos pueden solicitar su voto a través de la propia página web de Correos o en sus oficinas para las elecciones gallegas del 18-F. Estos son los requisitos y la fecha límite.

29 enero, 2024 14:48

Falta menos de un mes para las elecciones gallegas del 18-F. Comienza la cuenta atrás y la cita con las urnas cada vez está más cerca. El domingo, 18 de febrero, los ciudadanos de Galicia ejercerán su derecho al voto después de que el presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, anunció el adelanto de convocatoria electoral el pasado 21 de diciembre

Un total de 2.693.624 electores están llamados a votar en las elecciones al Parlamento de Galicia. De ellos, 2.217.110 residen en Galicia y 476.514 en el extranjero, según los datos del Instituto Nacional de Estadística. Una de las dudas de la población es saber qué hacer si no se encuentran en su hogar cuando se abran las urnas. Para este tipo de ausencias existe el voto por correo.

Se prevén grandes atascos a lo largo de la jornada electoral. Por ello, se espera que las elecciones en Galicia 2024 traigan consigo un repunte de la elección del voto por correo. Ante la posibilidad de estar lejos de la localidad en la que se tiene que votar, muchas personas ya están interesadas en cuándo se puede solicitar y cómo se ha de gestionar esa opción del voto por correo.

¿Cuándo se puede solicitar el voto por correo para las elecciones del 18-F?

Como indica la normativa de la Junta Electoral Central, ya ha comenzado el plazo para solicitar el voto por correo. Correos entregará las solicitudes que reciba en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral gallego. A partir este lunes, 29 de enero, enviará a los solicitantes toda la documentación requerida para que puedan ejercer su derecho al voto por correo. Otra de las fechas importantes es el 14 de febrero, el último día del que disponen los ciudadanos para votar por correo.

El 29 de enero queda fijado como el primer día en el que se pueden iniciar los trámites para elegir esta forma de voto. Una situación que, por otro lado, ya se ha producido en los últimos comicios municipales y generales, aunque por cuestiones muy distintas.

¿Qué hay que hacer para votar por correo?

Una vez ya se ha abierto el plazo para solicitar el voto por correo, llega el momento de conocer qué trámites hay que hacer para poder votar y qué documentos hacen falta.

El primero de ellos es el DNI, con el cual hay que acercarse hasta una oficina de Correos. Otra posibilidad es solicitar la documentación del voto por correo a través de la página web de Correos con el DNI electrónico o con el certificado digital.

[Tezanos irrumpe en la campaña gallega y dice que el PP puede perder la mayoría absoluta el 18-F]

Una vez ya se ha hecho esta primera parte del camino, lo siguiente será esperar a recibir en el domicilio la documentación pertinente: las papeletas, los sobres electorales, el certificado de inscripción en el censo, el sobre con información de la mesa electoral y una hoja en la que se explica todo el proceso para que no haya ninguna duda.

Una cuestión importante, sobre todo para evitar posibles irregularidades, es que el votante deberá firmar personalmente la recepción de toda esta documentación y acreditar con su propio DNI la identidad de la persona que está ejerciendo su derecho al voto.