Puigdemont se declaró en octubre residente en Bélgica, lo que le impediría ser candidato el 12-M
El líder de Junts admitió ante un juez belga que su "domicilio legal" es Waterloo para someterse a las leyes de aquel país. Cs usa este escrito, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, para impugnar su candidatura.
18 abril, 2024 03:03Carles Puigdemont se declaró residente en Waterloo ante un juez belga, el pasado 11 de octubre. Hace apenas seis meses, el expresident fugado presentó una demanda por difamación contra un ciudadano español, pero prefirió hacerlo bajo las leyes de Bélgica, su lugar de residencia desde hace seis años y medio. Y esa circunstancia invalidaría su condición de "ciudadano de Cataluña", requisito imprescindible para ser elegible en las elecciones autonómicas.
Así consta en los "fundamentos de hecho" incluidos en la página 6 de la demanda presentada por los representantes legales del candidato de Junts a las catalanas, a la que ha tenido acceso este diario [consúltela aquí en PDF]. Y así lo alega Ciudadanos, en la impugnación a su candidatura, presentada este miércoles ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona.
Cuando se adelantaron las elecciones catalanas al 12 de mayo, hace ahora poco más de un mes, la noticia pilló de improviso incluso a Puigdemont. El expresident ahora se ha mudado al sur de Francia para hacer campaña cerca de la frontera, y este martes el Diario Oficial de la Generalitat proclamó su candidatura oficial, dado que supuestamente cumple todos los requisitos como "ciudadano de Cataluña", entre ellos, el de estar empadronado en Gerona.
Fuentes del equipo jurídico de Puigdemont confirman que ya tienen preparados los argumentos para pedir la desestimación de la demanda. "El president consta censado, ha participado en todas las últimas elecciones, y, es más, en las pasadas municipales fue elegido vocal de mesa sustituto".
Ciudadanos ya trató de impugnar la candidatura de Puigdemont en las elecciones europeas de 2019, tal como recuerda Edmundo Bal, entonces uno de los líderes de la formación política liberal. "Alegamos lo mismo que ahora hacen mis excompañeros, y se nos rechazó por una interpretación favorable para el ejercicio de un derecho fundamental fuera de toda lógica".
Eso mismo recuerdan los abogados líder de Junts. "La Sala Tercera del Supremo ya confirmó entonces la elegibilidad del president, en un auto de 5 de mayo de 2019, y nada ha cambiado, tampoco la jurisprudencia".
Fundamentos jurídicos
Pero algo sí ha cambiado: el reconocimiento por parte de Puigdemont de que su "domicilio legal" es Waterloo.
Por eso, fuentes jurídicas consideran que la demanda está bien fundamentada, dado que "es evidente a todas luces" que el ciudadano Puigdemont no ha residido en España, al menos desde el 3 de noviembre de 2017.
Así lo hizo constar jurídicamente el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena en un auto dictado el 9 de julio de 2018, en el que lo declaró como "procesado rebelde" en el marco de la causa principal del procés.
Así, está la constancia legal del hecho de que, a partir del 3 de noviembre de 2017 Puigdemont "viajó a Bélgica con la única finalidad de eludir las posibles responsabilidades penales en que podría haber incurrido en España". Y está el hecho de que él mismo se declaró residente en Bélgica hace seis meses mediante documento judicial.
Y lo hizo con la intención de beneficiarse de tal condición "para ejercer acciones judiciales contra ciudadanos españoles ante tribunales belgas".
Es decir, reclamando la competencia territorial de la jurisdicción de ese país europeo para reclamar la aplicación del Derecho belga a los efectos de que lograr la condena por "difamación y calumnia" de un periodista de El Periódico.
Según el escrito presentado por los abogados de Puigdemont ante los juzgados belgas, ese diario "cuenta con miles de lectores" y, por tanto, "el artículo de prensa afecta a su imagen y honor".
En ese mismo escrito, Puigdemont reconoce que es en Waterloo donde "reside su centro de intereses privados y profesionales" y donde "tiene su domicilio".
Lo que dice la ley
De este modo, si Puigdemont reside legalmente en Bélgica, como él mismo alega en su beneficio, incumpliría con los requisitos que están recogidos en el Estatuto de Autonomía catalán.
El primero, que el líder de Junts goce de la "condición política de catalán", categoría que adquieren "todos los ciudadanos españoles que tienen vecindad administrativa en Cataluña". Así lo dice su artículo 7.1.
El segundo requisito para estar en el censo se recoge en el artículo 56.3 de la ley fundamental de la Comunidad Autónoma: "Son electores y elegibles los ciudadanos de Cataluña que estén en pleno uso de sus derechos civiles y políticos".
Una fuente muy cercana a Puigdemont confirma a este diario que Puigdemont "no ha dejado de estar empadronado" en Gerona. Y se pregunta, inquisitorial, "por qué razón se le tendría que cancelar o extinguir su empadronamiento" y la consiguiente inscripción en el censo electoral autonómico.
Pero, según fuentes del entorno de Carlos Carrizosa, candidato a la Generalitat de Cs, el partido que ha ejercido su derecho a impugnar la candidatura "presuntamente fraudulenta" del expresident fugado, la "falta de capacidad jurídica" del líder de para estar en las listas estriba en que él mismo renunció a la "vecindad administrativa" en Cataluña con aquel escrito ante los tribunales de Bélgica.
Fuentes jurídicas confirman que esta vía para impugnar la candidatura de Puigdemont "tiene todo el sentido", ya que el Tribunal Constitucional tiene "sobrada jurisprudencia" en la interpretación del artículo 23.2 de la Constitución, que reconoce el "derecho a acceder en condiciones de igualdad" a los cargos públicos "con los requisitos que señalen las leyes".
Contradicciones jurídicas
Así, la LOREG y el Estatuto de Cataluña establecen estos requisitos. Por otro lado, el Constitucional desarrolla la doctrina de que la condición de "elegible" sólo la puede tener quien es "elector". Y para ser "elector" hay que estar inscrito en el censo.
Según el artículo 31.1 de la LOREG, el censo electoral está compuesto por el de los residentes en España "y por el censo de los electores residentes-ausentes que viven en el extranjero". El conocido como CERA es un registro público de inscripción obligatoria, según el artículo 32.1 de la misma ley electoral, y "ningún elector podrá figurar inscrito simultáneamente en ambos censos".
Por eso, los expertos consultados consideran que "el requisito administrativo necesario" para que Puigdemont fuera candidato de pleno derecho, no se podría estar cumpliendo, según la ley.
Además, otras fuentes de Ciudadanos añaden otro aspecto, y recuerdan que "si Puigdemont sigue empadronado en Gerona, como dice, para poder ejercer derechos como español, tendría que estar pagando el IRPF en España desde su huida".
Y si está pagando a la Hacienda española, ¿cómo pudo presentar aquella demanda del pasado octubre en Bélgica declarando que Waterloo es su "domicilio legal"? "Sería una contradicción jurídica, una irregularidad".