El Tribunal Constitucional suspenderá este martes la ley de transitoriedad jurídica aprobada el pasado viernes por el Parlamento de Cataluña, la norma que quiere utilizar el presidente del Gobierno catalán, Carles Puigdemont, como constitución provisional para romper con España y dar paso a la República catalanas.
La ley de transitoriedad fue impugnada por el Gobierno de España este lunes, horas antes de la Diada. En el discurso televisado que dio la víspera, Puigdemont aseguró que sólo está sometido a la legalidad que aprueba el Parlament, única instancia que puede inhabilitarle, dijo. "No hay ninguna otra instancia judicial o política que pueda hacerlo", sostuvo.
El Gobierno de Rajoy no ha pedido esta vez al TC que deduzca testimonio para exigir responsabilidades penales por desobediencia. Esta medida cautelar ha sido solicitada -y acordada- varias veces contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los miembros de la mesa que han permitido la tramitación de las leyes secesionistas.
El Ejecutivo también pidió que se dedujera testimonio contra Puigdemont por primera vez la semana pasada, cuando impugnó el decreto de convocatoria del referéndum del 1-O. Pero el tribunal no aceptó abrir ya la vía penal contra el Govern.
El recurso de inconstitucionalidad contra la ley de transitoriedad insta la suspensión inmediata de la norma -lo que debe acordarse de forma automática por el TC, de acuerdo con la Constitución- y reclama las medidas cautelares ya clásicas, más light, consistentes en la notificación personal de la suspensión a los miembros del Govern y de la Mesa del Parlament y a los siete juristas que han sido designados titulares y suplentes de la llamada sindicatura electoral de Cataluña, encargada del desarrollo del referéndum.
Se pide al Tribunal Constitucional que advierta a todos ellos de su "deber de impedir cualquier iniciativa" que suponga burlar la suspensión de la ley de transitoriedad.
Legalidad 'a la carta'
En esta norma, señala el recurso, "se disciplina todo un proceso constituyente mediante la configuración de un ordenamiento jurídico y eligiendo a la carta las partes del ordenamiento jurídico español, europeo e incluso internacional que se aplicarían en dicho ordenamiento creado ex novo, sin contar para ello con la voluntad de las correspondientes instituciones, Estados u organizaciones internacionales".
Ello "convierte todo el documento en una aberración jurídica de tal orden que sólo cabe calificar de arbitraria y arbitrista".
"El Parlamento de Cataluña se arroga un poder, el de proclamar una República, del que indudablemente carece en nombre del pueblo catalán, al que imputa la soberanía nacional", expone el recurso, según el cual la ley de transitoriedad "constituye, junto con la Ley 19/2017, del referéndum de autodeterminación, la mayor afrenta y amenaza de destrucción de las normas de convivencia que la sociedad española se dio en el año 1978, consagradas en la Constitución y que han dado al conjunto de la sociedad española los mayores niveles de desarrollo y bienestar de su historia".
'Apropiarse' del Parlament
El Gobierno de España afirma que el recurso resulta también "imprescindible" para defender al propio Parlamento de Cataluña "frente a la apropiación que de él pretende un conjunto de diputados, arrogándose una legitimidad y una competencia de las que manifiestamente carecen".
En este sentido, explica que "71 diputados autonómicos, al forzar la aprobación del documento como ley formal, han abusado de forma descarada del Parlamento de Cataluña para fines espúreos violando su carácter de institución democrática estatutaria, con manifiesta desobediencia de las resoluciones que el Tribunal Constitucional ha dictado".
La Abogacía del Estado, autora del recurso, sostiene que para su presentación no es óbice el hecho de que la ley de transitoridad establezca que entrará en vigor tras la votación del 1-O y la posterior declaración de independencia. "La ley ha sido publicada [en el Diario Oficial de la Generalitat] y es por ello objeto de impugnación y suspensión a través de un recurso de inconstitucionalidad", afirma el abogado del Estado. "Sus términos "son indudablemente prescriptivos y pretenden producir efectos jurídicos sobre los ciudadanos de Cataluña dada su íntima relación con la celebración del referéndum de autodeterminación en cuanto exponen las consecuencias que una respuesta afirmativa mayoritaria a la votación implicarían".