La Justicia reconoce, dos décadas después de la muerte del empresario Publio Cordón, el derecho de su familia a recibir una indemnización por su secuestro por parte de miembros del grupo terrorista GRAPO. Justo cuando se conoce la sentencia del caso, que condena a 30 años de prisión a sus captores, José Antonio Ramón Teijelo y Victoria Gómez Méndez, la Audiencia Nacional responde a las reclamaciones de su viuda e hijas.
La Sala de lo Contenciosos de la Audiencia Nacional reconoce el derecho de su familia a recibir la indemnización de 300.506 y 2.404 euros que se fijó en la sentencia penal de 2007 sobre el secuestro del empresario aragonés. La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso establece que, al amparo de la Ley de Solidaridad con las víctimas del Terrorismo de 1999 en materia de secuestro, deben respetarse las indemnizaciones que se fijen en las correspondientes sentencias penales.
La esposa de Cordón recurrió en 2016 la decisión de la directora general de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo que limitaba la indemnización a 1536 euros para ella y 8831 euros para cada una de sus hijas, aplicando una indemnización restrictiva en lo que se refiere a secuestro.
Frente a este criterio del Ministerio de Interior, la familia de Cordón reclamaba los 300.506 y 2.404 euros que fijaron las sentencias penales de la Audiencia Nacional de 2007 y del Tribunal Supremo de 2009. La viuda e hijas de Cordón po
Finalmente, la Sala explica que aunque se ha reconocido a las demandantes indemnización por fallecimiento en virtud de la I ley 29/2011 de Reconocimiento y Protección Integral de las Víctimas del Terrorismo, es compatible con una posible indemnización por secuestro.