El pleno del Tribunal Constitucional, reunido de forma extraordinaria este sábado, ha empezado a analizar el recurso interpuesto hace 24 horas por el Gobierno de Rajoy contra la propuesta del presidente del Parlament catalán, Roger Torrent, de investir como jefe del Govern a Carles Puigdemont, imputado por rebelión y prófugo de la Justicia.

El ponente del recurso, el magistrado catalán Juan Antonio Xiol, ha intervenido durante más de una hora para exponer su criterio de que hay argumentos a favor de inadmitir el recurso, que, a su parecer, tiene un carácter preventivo ya que se basa en que Puigdemont no va a estar de forma presencial en la sesión de investidura prevista para el próximo martes y en que Torrent va a articular un mecanismo para la intervención del candidato a distancia, bien de forma telemática, bien de forma delegada en otro diputado o diputada.

Existe, sin embargo, coincidencia con el criterio de los letrados del Parlamento catalán y del Consejo de Estado en que una investidura no presencial del candidato a presidente de la Generalitat vulneraría el artículo 23 de la Constitución en cuanto que privaría a los diputados de su derecho al debate en un acto esencial de la vida parlamentaria y contravendría también el Reglamento de la Cámara catalana.

Es a partir de ese punto donde el ponente no ha cerrado la puerta a un posible acuerdo que se intentará esta tarde, cuando el TC vuelva a reunirse. El debate aún no ha empezado, ya que la sesión de la mañana ha estado enteramente ocupada por la intervención de Xiol. 

El TC debe resolver si admite a trámite el primer recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de Rajoy en contra del dictamen -preceptivo, pero no vinculante- del Consejo de Estado. De prosperar, la inadmisión del recurso haría prácticamente inevitable la elección de Puigdemont como president. El único margen que le quedaría al Ejecutivo para impedir que un prófugo de la Justicia gobierne Cataluña desde Bruselas sería recurrir a posteriori su elección, iniciando de nuevo la dinámica suspensión por el TC -desobediencia- proceso penal que se viene repitiendo desde 2014. 

Fuentes del Gobierno confían en que el recurso supere el filtro de la admisión aunque la sentencia no le sea finalmente favorable. Creen que es la única forma de "no estar en manos de Puigdemont" y de que, frustrada la investidura del expresidente catalán, pueda existir otro candidato o candidata a la investidura, de forma que la situación política catalana empiece a normalizarse con respeto al orden constitucional.

El recurso se dirige contra dos resoluciones del presidente del Parlamento catalán, Roger Torrent. La primera es la propuesta de investidura a favor de Puigdemont; la segunda, la convocatoria de la sesión parlamentaria del próximo martes exclusivamente en lo que se refiere a la inclusión en el orden del día de la investidura del imputado por el Tribunal Supremo.

Sólo la admisión de ese recurso paralizaría la investidura del prófugo ya que el Gobierno invoca de forma expresa la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, que establece la suspensión automática de los actos impugnados.

Primera advertencia penal a Torrent

El recurso, conocido por EL ESPAÑOL, pide que el TC advierta a Torrent y a todos los miembros de la Mesa del Parlament de su "deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión" de la investidura de Puigdemont, en el caso de que el recurso se admita.

Se solicita, en particular, que se les advierta de que deben "abstenerse de iniciar, tramitar, informar o dictar acuerdo o actuación alguna que permita proceder a un debate de investidura de Puigdemont como candidato a la presidencia de la Generalitat, con expresa advertencia de las consecuencias penales en caso de que así no se haga".

Ése es un camino ya recorrido por el Constitucional respecto a la antecesora de Torrent, Carme Forcadell, y a los miembros independentistas de la anterior Mesa, actualmente investigados por un delito de desobediencia.

Según el recurso, la propuesta de Torrent a favor de Puigdemont como candidato a la investidura es "un abuso de derecho" y "un fraude a la Constitución" contrario al artículo 23 y al Reglamento de la Cámara catalana.

Se basa en que, tal como los letrados del Parlament han señalado, el candidato a presidente del Gobierno catalán debe comparecer físicamente en la sesión de investidura. Argumenta que "de un modo torticero" Torrent ha retrasado al martes la decisión sobre la admisión de los votos delegados y, al mismo tiempo, Puigdemont ha retirado su petición de delegación del voto, actuaciones realizadas de forma "concertada" y "con el objeto de intentar frustrar" posibles impugnaciones de la investidura por parte de los parlamentarios autonómicos y del propio Gobierno de España.

Los otros diputados catalanes huidos a Bélgica, en cambio, mantienen su petición de ejercer el voto delegado ya que, sin ellos, Torrent no hubiera podido apreciar la mayoría necesaria para formular una propuesta de investidura a favor de Puigdemont.

"La designación de un candidato que no va a acudir al debate de investidura y que no puede obtener la mayoría si no se violenta la Constitución y el Reglamento en relación con la investidura presencial y los votos delegados implica una actuación inconstitucional por parte del presidente del Parlament que aboca a la comunidad autónoma a la ingobernabilidad", sostiene el Gobierno.

"No son conjeturas"

En contra de la tesis del Consejo de Estado, el recurso sostiene que la afirmación de que el candidato propuesto no va a asistir presencialmente al acto de investidura "no es una conjetura sino una certeza" consecuencia de su situación procesal.

"De las actuaciones judiciales se deduce más allá de toda duda de que si Puigdemont regresara a España sería inmediatamente detenido y puesto a disposición judicial", afirma el Ejecutivo, de lo que infiere que "su situación procesal actual es incompatible con la presencia en el Parlamento, con su comparecencia personal en la Cámara".

A su parecer, ello se ha visto acreditado por el hecho de que Torrent ha tenido que viajar a Bruselas para entrevistarse con el candidato, "cuando lo lógico es que hubiera mantenido este encuentro en el Parlamento de Cataluña".

"Estas circunstancias no son sólo conjeturas, son hechos que acreditan la imposibilidad material y jurídica de que Puigdemont pueda estar presente en el Parlamento el día de la sesión de investidura, aunque decidiera regresar a España".

Para el Gobierno, el presidente del Parlamento catalán ha aprovechado "una facultad inicialmente inobjetable, la propuesta de un diputado como candidato, el sr. Puigdemont, con total abstracción de las circunstancias que concurren en su persona", pero "se ampara en este derecho constitucional para perseguir un fin ilegítimo: la facultad de proponer un candidato inviable supone un abuso de las libertades fundamentales constitucionales para atentar contra la propia Constitución".

A su parecer, Torrent ha actuado "con un claro afán partidista de índole independentista" al formular una propuesta de investidura a favor de un "candidato inviable". Con ello "aboca a la comunidad autónoma a una crisis gubernamental prolongada y además impediría, al no existir un gobierno, el levantamiento de las medidas autorizadas por el Senado en el marco del procedimiento de coerción estatal del artículo 155 de la Constitución".

 

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