La Mesa del Parlamento de Cataluña, presidida por Roger Torrent (ERC), ha dado una contundente respuesta al recurso de amparo interpuesto ante el Tribunal Constitucional por el expresidente Carles Puigdemont tras ser revocada su delegación de voto en la Cámara catalana. La decisión de la Mesa no sólo no vulnera los derechos políticos del diputado prófugo de la Justicia sino que "era indisponible para el Parlamento de Cataluña, pues éste estaba llamado a dar efectividad a la resolución judicial" del magistrado Pablo Llarena, afirma en un escrito de alegaciones enviado al Tribunal Constitucional.
El instructor de la causa que juzga el Tribunal Supremo sobre los hechos que desembocaron en la declaración unilateral de independencia de Cataluña acordó el pasado 9 de julio la suspensión cautelar en sus cargos parlamentarios de Carles Puigdemont y los otros cinco procesados que son diputados autonómicos: Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull.
La medida fue consecuencia directa de un precepto legal que ordena la suspensión cautelar en sus cargos públicos de quienes sean procesados por rebelión.
Llarena advertía en su auto, no obstante, de que no existía impedimento procesal "para que los cargos y funciones públicas que corresponden a los procesados puedan ser ejercidos de manera plena, pero limitada al tiempo de la eventual suspensión, por otros integrantes de sus respectivas candidaturas, si el Parlamento contemplara adoptar esta decisión". Todo ello en aras a que la suspensión de los seis procesados no alterara las mayorías parlamentarias resultantes de las urnas.
La Mesa del Parlament acordó el pasado 9 de octubre, con los votos de ERC y PSC y la abstención de Ciudadanos, revocar la delegación de voto anteriormente concedida a los diputados procesados y les invitó a nombrar a otro parlamentario de su grupo para que les sustituya.
Junqueras y Romeva, ambos de ERC, aceptaron ser sustituidos por el diputado de su grupo Sergi Sabriá, por lo que los votos de ambos siguen computando. En cambio, Puigdemont, Sànchez, Turull y Rull han rechazado ser sustituidos, lo que ha significado que JxCat dispone ahora de cuatro votos menos y las fuerzas independentistas del Parlament no tienen mayoría.
Acuerdo del Pleno
El escrito de alegaciones elaborado por los servicios jurídicos del Parlament niega que la Mesa le haya privado "arbitrariamente" del ejercicio de su cargo, como sostiene Puigdemont, el único de los cuatro diputados de JxCat que ha acudido al TC.
La Mesa del Parlament, que se ha personado en el procedimiento ante el TC, explica que el Pleno acordó 2 de octubre de 2018 "rechazar la suspensión de los derechos y deberes parlamentarios" de los diputados procesados pero "mientras dure la situación jurídica actual y no se resuelvan los recursos presentados por sus defensas, esos derechos podrán ser ejercidos por el miembro de su grupo parlamentario que los interesados designen».
El escrito de alegaciones sostiene que del acuerdo adoptado por el Pleno "puede deducirse con bastante claridad que, aunque se rechaza formalmente la suspensión (apartado 1 ), ésta no deja de aceptarse, puesto que la propia resolución prevé que todos los derechos de los diputados afectados por la suspensión acordada judicialmente puedan ser ejercidos por el diputado que estos designen".
En términos jurídicos, el primer apartado del acuerdo del Pleno del Parlament fue "una mera declaración de voluntad política" y lo eficaz era el segundo apartado.
De otra parte, añade, "la decisión de suspender o no al diputado [Carles Puigdemont] era indisponible para el Parlamento catalán, pues éste estaba llamado a dar efectividad a la resolución judicial en sus términos -aunque no de forma directa y automática-, mediante el procedimiento más garantista".
A este respecto, explica que el auto de Llarena expresaba "una voluntad de preservar el sistema de mayorías" y el Pleno del Parlament facultó la sustitución de los diputados afectados, por lo que "se nos antoja difícil que pueda apreciarse vulneración alguna del ius in officium [derecho a ejercer su función] del diputado Carles Puigdemont".
Los diputados procesados "pueden designar otro miembro de su grupo parlamentario mientras dure la situación jurídica que les impide el ejercicio de sus derechos", enfatiza la Mesa, que destaca que "el propio Tribunal Supremo no ha objetado en ningún momento esta solución ni ha efectuado requerimiento alguno al Parlamento catalán por considerarla insuficiente o inadecuada".