"Es inadmisible la resolución votada esta tarde en el Parlament de Cataluña que pretende rechazar y condenar al jefe del Estado. Este Gobierno adoptará las medidas legales a su alcance en defensa de la legalidad, la Constitución y las instituciones del Estado", escribió el 11 de octubre de 2018 el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en su cuenta de Twitter.
Veinte días después, el Gobierno de Sánchez ordenó a la Abogacía del Estado impugnar la resolución aprobada por el Parlamento de Cataluña -por 69 votos a favor, 57 en contra y 4 abstenciones- en la que reprueba a Felipe VI por su posición en el "conflicto catalán", "reafirma el compromiso con los valores republicanos" y "apuesta por la abolición de una institución caduca y antidemocrática como la monarquía".
Sánchez desoyó el informe negativo del Consejo de Estado y presentó una contundente impugnación en la que sostiene que la resolución del Parlament no es la mera expresión de una opinión ni la proclamación de una aspiración política sino "la continuación en esta legislatura de la sustitución en Cataluña del régimen constitucional de 1978 por una república catalana".
La impugnación afirma que el acuerdo de la Cámara catalana "se inserta en el propósito definido del Parlamento de Cataluña de subvertir el orden constitucional". Argumenta que "reafirmar, en el Parlamento de Cataluña, se vincula al conjunto de actos adoptados por esa Cámara desde el año 2013 hasta la actualidad en orden a la secesión de manera unilateral de Cataluña de España, con la creación de una república independiente, sin seguir los procedimientos establecidos para ello" en la Constitución.
El Gobierno añadía que esa "reafirmación" y la "apuesta" por abolir la vigente forma de Estado "implica la llamada a una nueva activación por los poderes públicos de Cataluña de un procedimiento, el denominado 'procés', respecto del cual el Tribunal Constitucional ya ha tenido ocasión de pronunciarse, apreciando su inconstitucionalidad".
El TC se dispone a darle la razón al Ejecutivo de Pedro Sánchez declarando, efectivamente, la inconstitucionalidad de los dos apartados citados de la resolución del Parlament impugnados.
Ésta es la propuesta que debatirá el pleno del Constitucional que comienza este martes y que cuenta con un amplio respaldo.
No será la primera vez que el TC examine la impugnación de la Abogacía del Estado. El texto se ha reelaborado para conseguir el apoyo de magistrados minoritarios, encabezados por Juan Antonio Xiol, que consideran que el apartado en el que el Parlament "reafirma el compromiso con los valores republicanos" y "apuesta por la abolición" de la Corona sería un desiderátum político que carecería de efectos jurídicos.
La mayoría de los magistrados, sin embargo, no está dispuesta a convalidar la permanencia en el ordenamiento jurídico, con apariencia de validez, de un mandato ("apostar") dirigido a la creación de un Estado catalán independiente en forma de república al margen de los procedimientos de reforma constitucional.
La impugnación del Gobierno argumentaba que los dos apartados cuestionados son susceptibles de producir efectos jurídicos, y no meramente políticos, porque son "una manifestación de la voluntad de la Cámara en una función de impulso político y de la acción del Gobierno catalán" a favor del proceso soberanista.