Guadiana del Caudillo, uno de los pueblos de colonización creados tras la guerra civil en desarrollo de la reforma agraria franquista, tiene derecho a las subvenciones establecidas por la Diputación de Badajoz para la financiación de obras y equipamientos de las entidades locales. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Badajoz ha estimado un recurso del Ayuntamiento y ha declarado la nulidad del decreto del presidente de la Diputación, el socialista Miguel Ángel Gallardo, que condicionaba las ayudas al cumplimiento de las medidas indicadas por el comité provincial de expertos de la memoria histórica.
Guadiana del Caudillo, inaugurado en 1951 y que actualmente cuenta con unos 2.500 habitantes, logró segregarse del Ayuntamiento de Badajoz en febrero de 2012, después de que la Junta de Extremadura cambiara de signo político y pasara a manos de José Antonio Monago (PP). El anterior Gobierno regional, presidido por Guillermo Fernández Vara (PSOE), no autorizó la independencia de la localidad alegando que la mención al Caudillo en su nombre vulneraba la Ley de Memoria Histórica.
Consulta sobre el nombre
El 11 de marzo de 2012 se celebró una consulta para decidir si el pueblo debía conservar su denominación original. Con un 67,7% de abstención (PSOE e IU llamaron a no participar), 495 vecinos votaron a favor de mantener el nombre completo mientras que 310 optaron por dejarlo en 'Guadiana' y suprimir 'del Caudillo'.
La consulta fue promovida por el entonces alcalde del PP, Antonio Pozo, que también llevó a los tribunales el decreto de la Diputación ahora revocado. La sentencia del Juzgado de lo Contencioso da la razón al recurso elaborado por el letrado Santiago Milans del Bosch y declara contrario a Derecho que el decreto de la Diputación de Badajoz que estableció las bases reguladoras de las subvenciones a los municipios condicionase su concesión a la retirada o modificación de los vestigios establecidos en el catálogo del comité provincial de la memoria histórica.
"Dicho comité de expertos fue constituido como un órgano asesor y de asistencia y carece de competencias para declarar que un Ayuntamiento no cumple con la Ley de Memoria Histórica", destaca la magistrada María Angustias Marroquín, que indica que, de acuerdo con las bases ahora anuladas, "no basta con cualquier catálogo de vestigios que, dentro de sus competencias, hubieran podido elaborar las distintas entidades locales de la provincia, sino que es de inexcusable cumplimiento aceptar el realizado por el comité".
En el caso de Guadiana del Caudillo, el Ayuntamiento elaboró un catálogo de vestigios que fue ratificado por el Juzgado de lo Contencioso número 1 de Badajoz y por el Tribunal Superior de Extremadura.
"Discriminación arbitraria"
El catálogo municipal no considera vestigio a suprimir la placa que conmemora la visita de Franco a la zona en mayo de 1951 para inaugurar la primera fase de construcción del pueblo. "Es el recordatorio de la fundación de la localidad. No elogia ni exalta el alzamiento ni la guerra civil ni la dictadura, que es lo que prohíbe la Ley de Memoria Histórica", señala Milans del Bosch, que añade que sí han desaparecido calles del municipio como la dedicada al 18 de julio de 1936.
Lo relevante, para el letrado, es que la sentencia acaba con la "discriminación arbitraria" de Guadiana del Caudillo respecto a las subvenciones que le corresponden.
La resolución judicial reprocha a la Diputación que "para conseguir una determinada subvención para obras, equipamiento, fomento del empleo y de la competitividad es ineludible aceptar un Catálogo de Vestigios que nada tiene que ver con lo que
constituye el objeto de la subvención".
El Juzgado afirma que las bases van más allá de la propia Ley de Memoria Histórica y vulneran "de manera flagrante La Ley General de Subvenciones. "Si la Diputación entiende que un determinado Ayuntamiento incumple la Ley de Memoria Histórica (o cualquier otro texto legal), lo que debe es ejercitar las acciones legales correspondientes, pero lo que no puede es privarle de la posibilidad de acceder a una subvención, mucho menos cuando ésta no tiene relación alguna con lo que constituye el objeto de la Ley de Memoria Histórica", afirma.
Nuevo alcalde
La sentencia añade que la retirada de las subvenciones "constituye en realidad una sanción" que la entidad provincial impone sin ni siquiera tramitar el procedimiento administrativo correspondiente.
El fallo se ha conocido cuando el Ayuntamiento de Guadiana del Caudillo ya no está controlado por el Partido Popular sino por el PSOE. Las elecciones del pasado mayo dieron la mayoría a los seis ediles socialistas frente a los cinco de Vox, partido en el que se integró Pozo tras abandonar el PP.
El nuevo alcalde, el socialista Francisco Moreno, ha anunciado que se propone cambiar el nombre del pueblo para que desaparezca la mención a Franco.