El presidente del Tribunal Constitucional, Juan José González Rivas, ha comunicado al Congreso de los Diputados que debe iniciar el proceso de renovación del órgano para nombrar a cuatro nuevos magistrados, que tendrían que tomar posesión antes del próximo 6 de noviembre.
Será el vigésimo cambio que se produce en la composición del TC, un órgano integrado por 12 miembros que han de ser renovados por terceras partes (cuatro magistrados) cada tres años. En esta ocasión corresponde a la Cámara Baja designar a los cuatro nuevos jueces. Dentro de tres años habrán de escogerlos el Gobierno y el Consejo General del Poder Judicial, y dentro de seis años será el Senado el que intervenga.
La renovación de 2019 es especialmente relevante no sólo por el momento en que se produce debido al llamado conflicto catalán (el TC se encuentra enfrascado en decenas de demandas presentadas por los líderes del 'procés' y tendrá que resolver los recursos que las partes interpondrán contra la sentencia que dicte el Tribunal Supremo) sino también por otras circunstancias concurrentes.
De un lado, es la primera renovación de la historia democrática en la que PSOE y PP no tendrán el monopolio de la designación de los nuevos jueces del TC ya que -con los resultados de las últimas elecciones y a salvo de que se repitan los comicios- no suman los tres quintos necesarios para los nombramientos. Socialistas (123 escaños) y populares (66) no alcanzan ahora los 210 votos que la Constitución exige para elegir a los integrantes del TC.
Ello significa que necesitarán el concurso de otras formaciones parlamentarias para conseguir los 21 votos que les faltan a las dos fuerzas mayoritarias para poder llevar a cabo la renovación.
La situación puede dar lugar a la entrada de un magistrado propuesto por Ciudadanos (57 escaños) o Unidas Podemos (42 escaños), siendo más improbables otras combinaciones. La actual aritmética parlamentaria permitiría, incluso, un pacto a tres bandas PSOE-Cs-UP (222 votos en total), dejando fuera de juego al PP.
De otro lado, esta renovación permitirá al PSOE 'reequilibrar' el Constitucional, en el que ahora tienen una holgada mayoría de siete votos los magistrados propuestos por el Partido Popular.
La renovación conllevará, además, la elección de un nuevo presidente del TC ya que el actual está dentro del cupo saliente, al igual que la vicepresidenta, Encarna Roca. Los otros dos magistrados que tendrán que dejar el Constitucional son Andrés Ollero y Fernando Valdés.
Anomalía
En el escrito que el presidente del TC ha enviado a la presidenta del Congreso, González Rivas hace hincapié en que el mandato de los miembros del tribunal es de nueve años. Sin embargo, ninguno de los magistrados salientes lleva ese tiempo en el órgano. Una reforma legal realizada en 2010 introdujo un inciso según el cual "si hubiese retraso en la renovación por tercios de los magistrados, a los nuevos que fuesen designados se les restará del mandato el tiempo de retraso en la renovación".
En otras palabras: las demoras en las que vienen incurriendo las dos fuerzas mayoritarias para ponerse de acuerdo en la renovación del Constitucional tiene como consecuencia directa -e inconstitucional, en opinión de muchas voces autorizadas dentro del propio tribunal- que los nuevos magistrados ven acortados sus mandatos, pese a que la Constitución es taxativa: los miembros del TC "serán designados por un período de nueve años" (artículo 159.3).
De acuerdo con esta prescripción, González Rivas, Roca, Ollero y Valdés, que entraron en el TC el 20 de julio de 2012, deberían poder permanecer en el tribunal hasta julio de 2021. En virtud de la reforma de 2010, se les va a 'sustraer' un año y ocho meses de mandato, que fue el tiempo que PSOE y PP tardaron en pactar aquella renovación. Hubieran debido llevarla a cabo antes del 6 de noviembre de 2010 pero no la cerraron hasta julio de 2012.
Ésta es la segunda vez que se produce un acortamiento del mandato de los jueces del TC, un acortamiento cuya duración queda, además, al albur de la voluntad o de los intereses que las fuerzas políticas tengan en pactar antes o después los cambios. A los primeros afectados por la reforma de 2010, Francisco Pérez de los Cobos y Adela Asúa, se les quitó 2 años y 10 meses de mandato. Entraron en el TC en enero de 2011 y salieron en marzo de 2017, pese a que sus nueve años no vencían hasta enero de 2020. Los otros dos magistrados de ese cupo, Francisco Hernando y Luis Ortega, fallecieron antes de la renovación.
En el tribunal existen generalizadas dudas de la constitucionalidad de una reforma que vino a bendecir una anomalía constitucional -el incumplimiento por las fuerzas políticas de la obligación de renovar el órgano en plazo- y encima carga las consecuencias en los propios magistrados, que ven alterado el tiempo que la Constitución les da para desempeñar el cargo. Magistrados, además, que deben ser "inamovibles durante el ejercicio de su mandato" (artículo 159.5).
Temorosos de que se les acuse de querer 'agarrarse al sillón', ninguno de los afectados está dispuesto a plantear una demanda de amparo -que tendrían que resolver sus colegas- en defensa del estatuto constitucional de los magistrados del TC. Pero, leído entre líneas, el escrito de González Rivas viene a poner de manifiesto la radical contradicción entre ese estatuto y la previsión legal que obliga a poner en marcha la renovación del órgano encargado de que la Constitución prevalezca.