El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha ordenado el "cese inmediato" del cobro de los créditos suscritos por los perjudicados de las clínicas dentales IDental. En un auto dictado este viernes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 recuerda que el pasado diciembre prohibió el cobro de esos créditos como medida cautelar y ahora la hace extensiva a las empresas de recobro de deuda. Es decir, a las empresas que hayan comprado la titularidad de aquellos contratos de crédito y están llamando a los afectados para reclamarles el dinero.
La prohibición del cobro de los créditos llegó a un total de 10 entidades financieras. El magistrado explica que ha recibido escritos de afectados poniendo de manifiesto que entidades financieras están realizando reclamaciones con sustento en aquellos contratos de crédito. También que hay entidades que podrían haber comprado paquetes de esos créditos a las prestamistas originarias y que están exigiendo el pago a los perjudicados.
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Protección de derechos
En estas circunstancias, afirma el juez, procede reiterar nuevamente la medida cautelar en la que se acordaba la suspensión de las reclamaciones de los créditos a los perjudicados de iDental vinculados a los tratamientos odontológicos, sin perjuicio de las soluciones extraprocesales que se hayan celebrado de forma particular o colectiva por las asociaciones de consumidores o perjudicados.
Dicha medida continúa afectando a las entidades SABADELL CONSUMER FINANCE SAU; BANCO COOPERATIVO ESPAÑOL SA; EVO FINANCE, SANTANDER CONSUMER FINANCE; BANCO CETELEM SAU; BANCO PICHINCHA; UNO-E BANK SA; BBVA CONSUMER FINANCE; FINANMADRID SAU PEPPER EFC; MONTJUIC EFC SA y otras que hayan suscrito tales contratos de crédito a fin de que cesen en las reclamaciones descritas, para el caso de haberlas reanudado.
Igualmente requiere a las anteriores para que se abstengan de incluir en ficheros de información patrimonial a aquellos perjudicados que hayan cesado en el pago de los créditos contratados y que procedan a retirar de los registros citados a aquellas personas cuya inscripción se solicitó por el impago de los créditos.
En el mismo sentido, el juez requiere a “aquellas otras entidades de crédito, financieras o de cualquier otra índole o naturaleza que hayan adquirido u obtenido la titularidad por cualquier título, razón o precio de aquellos contratos de crédito”, requerimiento que dirige directamente a las entidades reportadas ante el juzgado y que son LINK FINANZAS SLU, LC ASSET 1 SARL y HOIST FINANCE SPAIN SLU.
La resolución judicial subraya que tanto los perjudicados en la causa como aquellos que todavía no se han personado y que estén siendo afectados por las reclamaciones -en particular en el caso de las entidades de crédito que hayan adquirido la titularidad de los contratos de crédito- que podrán comunicarlo al juzgado para adoptar las medidas necesarias para la efectividad de la medida acordada.
De la Mata adoptó dicha medida el pasado 5 de diciembre con el fin de garantizar una protección eficaz de los derechos del consumidor, evitando que una situación claramente injusta se mantenga durante la tramitación del procedimiento judicial, lo que permitirá a los usuarios/prestatarios no sufrir aún más perjuicios "ahora como consecuencia de la ejecución de un contrato al consumo vinculado a un contrato de servicios que no han sido prestados".
El titular Juzgado Central de Instrucción 5 inició la investigación del caso iDental en julio de 2018 y se sigue por delitos de estafa continuada, apropiación indebida, falsedad documental, administración fraudulenta, alzamiento de bienes, blanqueo de capitales, lesiones y contra la salud pública.