Oriol Junqueras, exvicepresidente de la Generalitat de Cataluña, ha sido condenado a 13 años de prisión, la pena más severa, como el dirigente de mayor rango juzgado por el procés en ausencia del expresidente Carles Puigdemont, que se dio a la fuga tras ser destituido por el Gobierno de España en aplicación del artículo 155 de la Constitución.
Junqueras ha sido considerado por el Supremo dirigente de la sedición, agravada por su condición de autoridad. La pena que deberá cumplir está muy alejada de lo solicitado por los fiscales -25 años de prisión- pero es superior a la que pidió la Abogacía del Estado -12 años-.
[Siga en vivo la última hora de la sentencia del procés]
La sentencia, publicada este lunes, señala sobre la implicación de Junqueras:
-"Su destacado papel en el proceso que finalmente condujo a la inobservancia de las leyes y al contumaz desprecio a las resoluciones del Tribunal Constitucional y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, puede también deducirse, no ya del hecho objetivo de su preeminencia orgánica como Vicepresidente de la Generalitat, sino del liderazgo reconocido en los testimonios de algunos de los procesados y testigos. Un liderazgo fruto de su doble condición de Vicepresidente del Govern y Presidente del partido Esquerra Republicana de Cataluña (ERC).
-Su dominio del hecho acerca del proceso que desembocó en los actos multitudinarios del 20 de septiembre de 2017 -que impidieron el cumplimiento de las resoluciones judiciales dictadas por el titular del Juzgado de instrucción núm. 13 de Barcelona- y el día 1 de octubre de 2017 -fecha de celebración del referéndum ilegal, suspendido por el Tribunal Constitucional y prohibido por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña-, está meridianamente respaldado" por actuaciones entre las que la sentencia incluye la firma "el 6 de septiembre de 2017 el Decreto 139/2017, de convocatoria del referéndum", posteriormente prohibido por el Constitucional.
-Otro hecho relevante fue la reunión, con Junqueras presente, del 28 de septiembre de 2017, para, a instancia de mandos policiales, informar al ejecutivo catalán del "importante riesgo para la seguridad" del referéndum. "La respuesta del acusado Sr. Junqueras, de incuestionable legitimidad como expresión de su estrategia defensiva, no tiene la fuerza de convicción necesaria para neutralizar el valor probatorio de la declaración de los altos mandos policiales, cuyos testimonios fueron contestes en lo esencial. Y tampoco puede disimular el mensaje reiterado y conscientemente enviado a la ciudadanía: defender el referéndum, defender las urnas, resistencia y oposición a los requerimientos policiales".
-Asimismo, continúa la sentencia, "el día 6 de octubre de 2017, el Gobierno de la Generalitat, mediante carta firmada por el Sr. Junqueras, en su condición de Vicepresidente del Gobierno, por el Sr. Turull como portavoz del ejecutivo y el Sr. Romeva como Consejero de Asuntos Exteriores, comunicó al Parlamento autonómico el resultado del referéndum afirmando que había ganado el 'sí' con un 90’18 % de los votos emitidos".
-"Era imposible un escenario de violencia -argumentó el Sr Junqueras- teniendo en cuenta la experiencia previa de movilizaciones pacíficas. La propia sociedad había activado mecanismos concretos para asegurar el compromiso de no violencia con una intensa actividad de las entidades sociales, que organizaron servicios de orden e hicieron llamamientos concretos a la ciudadanía. La respuesta del acusado Sr. Junqueras, de incuestionable legitimidad como expresión de su estrategia defensiva, no tiene la fuerza de convicción necesaria para neutralizar el valor probatorio de la declaración de los altos mandos policiales, cuyos testimonios fueron contestes en lo esencial. Y tampoco puede disimular el mensaje reiterado y conscientemente enviado a la ciudadanía: defender el referéndum, defender las urnas, resistencia y oposición a los requerimientos policiales".