La demanda del rapero Josep Miquel Arenas Beltrán, Valtònyc, contra la sentencia dictada contra él, que le impuso tres años y seis meses de prisión por enaltecimiento del terrorismo, injurias y calumnias graves a la Corona y amenazas, no ha pasado el filtro de admisión en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
La defensa del músico, ejercida por el letrado Gonzalo Boye, ha recibido este martes la comunicación del juez sueco del TEDH Erik Wennerström por la que la Corte Europea rechaza examinar la demanda, decisión contra la que no cabe recurso.
Valtònyc huyó a Bélgica para no ingresar en prisión después de que el Tribunal Supremo confirmara la condena. La Sala Penal argumentó que las canciones que escribió y difundió en Internet contienen expresiones en apoyo y alabanza a las organizaciones terroristas GRAPO y ETA y a algunos de sus miembros, calumnias contra el titular de la Corona y amenazas a varias personas, lo que consideró ajeno al derecho a la libertad de expresión.
En mayo de 2018, la Audiencia Nacional activó una orden nacional, europea e internacional de detención y seis meses después la Justicia belga decidió consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la ley penal española aplicable a Valtònyc antes de decidir sobre su entrega a España.
Su abogado en Bélgica, Simon Bekaert, explicó que los jueces belgas quieren saber qué ley penal española debe tener en cuenta, la de 2012, que castigaba con un máxio de dos años de cárcel el enaltecimiento de terroristas, o la de 2015, que agravó las penas.