Comin y Puigdemont, en Bélgica, donde se encuentran prófugos de la Justicia./

Comin y Puigdemont, en Bélgica, donde se encuentran prófugos de la Justicia./ Efe

Tribunales

La Abogacía niega a Puigdemont inmunidad en España y pide suplicatorio para la euroorden

Cree que el juez Llarena debe solicitar al Parlamento Europeo autorización para que se siga tramitando la orden de entrega enviada a Bélgica.

3 enero, 2020 14:19

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La Abogacía del Estado ha solicitado al juez instructor del 'procés', Pablo Llarena, que pida "a la mayor brevedad" al Parlamento Europeo que levante la inmunidad de la que gozan el expresidente catalán Carles Puigdemont y el exconsejero Antoni Comin con el fin de que se puede seguir tramitando en Bélgica el procedimiento de entrega instado el pasado octubre.

En un escrito presentado en el Tribunal Supremo este viernes, la abogada del Estado Rosa Seoane indica que, mientras la Eurocámara se pronuncia, debe comunicarse a la Justicia belga la suspensión de la tramitación de la orden europea de detención y entrega (OEDE). Esta medida, no obstante, ya ha sido acordada por su propia iniciativa por los propios tribunales de Bélgica, donde los dos prófugos se encuentran desde octubre de 2017.

Pero lo más relevante del escrito de la Abogacía del Estado es que afirma que ni Puigdemont ni Comín tienen inmunidad en España, ya que han sido elegidos eurodiputados mucho después de haber sido procesados. Por ello, no insta a Llarena a levantar el auto de prisión provisional ni la orden de detención, medidas cautelares que siguen vigentes en el territorio nacional.

El escrito explica que la doctrina derivada de la sentencia dictada el pasado 19 de diciembre por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea "también tiene efectividad para Carles Puigdemont y Antoni Comín", puesto que los fallos del TJUE "son de obligado cumplimiento para todos aquellos que se encuentran en situaciones similares".

A su juicio, el punto nuclear de la doctrina fijada por el tribunal de Luxemburgo "les es de aplicación en la medida en que ambos han sido oficialmente proclamados electos al Parlamento Europeo, por lo que han adquirido, por este hecho y desde ese momento (13 de junio de 2019), la condición de miembros de dicha institución, a efectos del artículo 9 del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea".

Situación en España

El escrito no considera necesario analizar la inmunidad que tienen reconocida los diputados europeos en su propio territorio nacional puesto que ninguno de los dos se encuentra en España.

Pero, añade, "para la hipótesis en que ese precepto fuera de aplicación en el futuro" -esto es, si regresan a España- la doctrina del Tribunal Supremo "confirmaría la improcedencia de la aplicación de esa inmunidad procesal y ello en la medida en que, conforme a las reglas aplicables a los miembros del Parlamento español, la necesidad de recabar la autorización de la Cámara legislativa sólo rige para las fases anteriores al auto de procesamiento. Y en el caso de Puigdemont y Comín ya está dictado ese auto de procesamiento desde el 21 de marzo de 2018 y es firme".

"En consecuencia", concluye la abogada del Estado "para tal hipótesis futura, la única consecuencia consistiría en comunicar al Parlamento Europeo que sus miembros sres. Puigdemont y Comín han sido procesados con carácter previo a su elección".

Situación en Bélgica

Los eurodiputados son inmunes frente a toda actuación judicial cuando se encuentran en territorios de la UE distintos del propio. Por ello, la Abogacía del Estado indica que, para seguir tramitando las órdenes de entrega cursadas a Bélgica, "o las que pudieran tramitarse ante las autoridades de otros Estados miembros", "resulta indispensable una decisión del Parlamento Europeo a fin de permitir la continuación del procedimiento de ejecución" de las OEDES.

En este sentido, plantea al juez Llarena que acuerde la suspensión de la ejecución de la orden europea de detención que se está tramitando en tanto no se resuelva por el Parlamento Europeo sobre la petición de levantamiento de la inmunidad que, a su juicio, el instructor ha de instar.

El escrito también menciona, sin más desarrollo, "la facultad de plantear una petición de decisión prejudicial al Tribunal de Justicia sobre las obligaciones que corresponden a la autoridad judicial de ejecución" durante el tiempo en que el procedimiento de la euroorden se encuentra suspendido.