El juez destierra al falso madrileño que se jactó de haber viajado a Torrevieja "para pegaros el virus"
Al no poder encarcelarle, porque no lo pidió el fiscal, le prohíbe residir o ir al municipio alicantino mientras se le investiga por un delito de odio.
15 abril, 2020 15:55Noticias relacionadas
El hombre de 61 años que protagonizó un vídeo viral en el que aseguraba tener el Covid-19 y haber viajado desde Madrid para contagiar a los vecinos de Torrevieja no podrá volver a pisar el municipio de la Costa Blanca mientras se tramitan las diligencias abiertas contra él por un presunto delito de odio.
El juez de Instrucción número 1 de Torrevieja, Miguel Ángel González, le ha impuesto la medida cautelar de prohibición de residir o acudir al municipio mientras se tramita la causa, además de retirarle el pasaporte y prohibirle salir del territorio nacional.
El investigado fue detenido por la Guardia Civil el pasado día 9 después de que numerosos vecinos de Torrevieja, alarmados, denunciaran la existencia de un vídeo que corría por las redes sociales, proporcionando además datos que facilitaron la identificación del hombre.
En el vídeo aseguraba que "he venido de Madrid a Torrevieja a putearos a todo. He venido a contagiaros el virus. En el Mercadona arrasamos con toda la alimentación, para joderos y para contagiaros el virus". La Guardia Civil comprobó que no padece el Covid-19 y que desde enero estaba instalado en su segunda residencia, un edificio situado al lado del cuartel de la Guardia Civil de Torrevieja.
El detenido alegó que se trataba de una broma, pero el juez instructor considera que "la gravedad de los hechos es innegable".
El magistrado explica que en una situación "de grave crisis sanitaria motivada por el Covid-19, que mantiene al país bajo estado de alarma", las expresiones proferidas en el video "incitan claramente al odio hacia la población de Torrevieja al desearles en reiteradas ocasiones que 'se jodan' o que 'les den por culo', deseando que se produzca un contagio masivo de la enfermedad".
Se produjo, debido a ello, una "alteración de la paz pública en la localidad motivada por la creación de un estado de inseguridad al afirmar que vino de Madrid (uno de los principales focos de contagio) en compañía de otras 4.000 personas y que ha arrasado con las estanterías del establecimiento Mercadona cercano a la estación de autobuses, lo que ha generado suficiente alteración, motivando decenas de llamadas de ciudadanos".
El juez reprocha al investigado el "absoluto menosprecio mostrado no sólo hacia la población de Torrevieja en sí, sino a las personas enfermas de Covid-19 o familiares, o incluso familiares de fallecidos por el virus letal".
El instructor manifiesta que, a su juicio, existe tanto riesgo de fuga como de reiteración del delito "dada la accesibilidad a las redes sociales del encartado para continuar llevando a cabo una acción a similar a la que es objeto de actuaciones". Estas circunstancias, junto a la pena establecida para el presunto delito de odio, permitirían haber acordado el ingreso del investigado en prisión preventiva.
Pero el juez subraya que "por el Ministerio Público no se interesa adopción de medida de prisión provisional", por lo que impone la medida cautelar de destierro de Torrevieja.
En nuestro sistema penal, el juez no puede adoptar ninguna medida cautelar limitativa de derechos por su propia iniciativa sino que debe pedirla el fiscal u otra parte acusadora si interviene en el procedimiento.