El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha estimado los recursos interpuestos por Vox contra la decisión del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, de prohibir la celebración de una manifestación en cada una de las cuatro capitales catalanas mañana, sábado, entre las 11,30 y las 12,30.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha declarado nula la resolución de Marlaska y permite las manifestaciones, que deberán ser en coche y durante media hora.
Los jueces han considerado "no proporcionada" la prohibición de Marlaska, "aunque responda a un fin legítimo" como es controlar el contagio del Covid-19.
Interior había argumentado que las manifestaciones anunciadas por el partido de Abascal eran "incompatibles" con los riesgos asociados a la pandemia originada por el virus COVID-19 y también con las limitaciones impuestas a la circulación o tránsito de vehículos y personas en el estado de alarma que sigue en vigor. A ello se unía, según el Departamento de Interior, un "déficit" en cuanto a medidas de seguridad específicas de las concentraciones de vehículos previstas.
Las razones de la prohibición del derecho fundamental de reunión no convencen al tribunal. "Hallándonos a las puertas de la quinta prórroga del estado de alarma, cabe constatar (es un hecho notorio) que la pandemia ha remitido considerablemente, presentando, pues, la situación sanitaria, un escenario sensiblemente mejor que el analizado por el Tribunal Constitucional respecto a la ciudad de Vigo", argumenta la Sala, que se refiere a la decisión del TC de inadmitir a trámite la demanda de amparo interpuesta por n sindicato que pretendía manifestarse en Vigo (Pontevedra) el pasado 1 de mayo.
El Tribunal catalán considera que, en el actual contexto, "no parece que sea de recibo prohibir una manifestación en vehículos cuando resulta que, ordinariamente, las personas pueden pasear por la ciudad durante franjas horarias generosas, sin límite numérico, bajo la única condición de hacerlo guardando las distancias y con mascarilla", según una resolución conocida por EL ESPAÑOL.
"Nada indica que la manifestación en vehículos que pretende realizar el partido político Vox pueda traducirse en perjuicios significativos para la vida o la salud de las personas", añade.
Los jueces afirman que admitir una prohibición basada en "meras conjeturas" supondría "una quiebra clara del derecho fundamental de reunión y manifestación pacífica, amén de un peligroso precedente".
La Sala precisa que la concentración de los manifestantes de Vox en las capitales catalanas no se producirá con anterioridad a las 11:30 horas y deberá concluir a las 12:30 horas.
Esa acotación responde a la matización realizada por la letrada del partido en las vistas celebradas en el TSJC a ultima hora de esta mañana, en las que la abogada precisó que era un error la duración de cuatro horas que se había indicado en la comunicación de la convocatoria enviada a la Delegación del Gobierno.
Tras la decisión de los jueces de Cataluña, Vox podrá celebrar las manifestaciones previstas para este sábado en todas las capitales de España.