El juez de vigilancia penitenciaria de Valladolid Florencio de Marcos ha acordado una nueva concesión a Iñaki Urdangarin del régimen del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario -una flexibilización del segundo grado de clasificación con la introducción de medidas propias del tercer grado- para que el marido de la infanta Cristina de Borbón pueda salir de la prisión de Brieva un fin de semana al mes.
La concesión, compatible con las salidas en horario laboral para realizar tareas de voluntariado que lleva haciendo desde el pasado septiembre, no será ejecutiva hasta que no sea firme. Por tanto, ahora está en manos del fiscal decidir si recurre esta nueva flexibilización del régimen penitenciario al cuñado del rey Felipe, medida a la que el Ministerio Público se sigue oponiendo.
Urdangarin, condenado a cinco años y diez meses de prisión por el caso Noos, lleva en prisión desde junio de 2018.
La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca a Fiscalía revocó el 1 de abril pasado la primera concesión del artículo 100.2 a Urdangarin para que pudiera salir dos fines de semana al mes.
Por dos votos frente a uno, el tribunal que juzgó al caso Noos estimó un recurso del fiscal en el que se argumentaba que el 100.2 suponía "vaciar" la condena, representaba un "tercer grado encubierto" y sería un "agravio comparativo" al crearse una "situación de desigualdad" respecta a otros internos.
La Sala afirmó que el otorgamiento de ese régimen de flexibilización "con una parte mínima de la condena cumplida, puede generar espacios de impunidad, siempre intolerables y de manera especial en unas conductas de corrupción que han alcanzado dimensiones profundas en la sociedad española, con el riesgo cierto de socavar los principios básicos de los regímenes democráticos al disminuir la confianza de los ciudadanos en sus instituciones, instituciones que este tipo de delincuencia pone a su servicio, terminando por resultar dañado el propio Estado de Derecho".
Cambios
Más de cuatro meses después distintas circunstancias han cambiado. De un lado, la Junta de Tratamiento de la prisión, que en marzo se puso al primer 100.2, vio motivos el pasado julio para proponer el tercer grado penitenciario.
De otro, el nuevo 100.2 es una propuesta de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
La medida es, además, menos amplia y el juez cree tener nuevos argumentos para su concesión.
De Marcos insiste en que Urdangarin está completamente solo en un módulo de la cárcel de mujeres de Brieva "no por voluntad propia, sino por imposición de Prisiones por razones de seguridad".
En una resolución conocida este viernes, el magistrado cita un informe emitido por el Centro Penitenciario de Ávila en el que se detalla cuál es el procedimiento que se sigue cuando ingresa en el mismo un varón, hecho que es habitual a pesar de ser un centro de mujeres, ingresos tanto voluntarios como por orden judicial, desde la apertura del centro en 1989.
Según tal protocolo, los reclusos varones que ingresan son trasladados inmediatamente, tras unos trámites administrativos, al Centro Penitenciario de Segovia por decisión de la Administración penitenciaria, lo que no ha ocurrido con el marido de la infanta Cristina.
En otro informe incorporado al expediente, el director general de Ejecución Penal y Reinserción Social explica que Urdangarín no ha sido traslado a un centro penitenciario de hombres, como en otros casos anteriores en los que concurrían circunstancias semejantes, por "razones de seguridad, más fácilmente controlables y de mejor manera en el centro penitenciario en el que se encuentra ingresado".
En estos documentos, que no se habían incorporado hasta ahora al expediente, encuentra el juez una confirmación de su criterio frente a lo que considera el fiscal, que sostiene que Urdangarín permanece en el Centro Penitencia de Ávila por voluntad propia y no por razones de seguridad.