La Fiscalía considera que la Sala Penal del Supremo debe devolver al juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón la exposición razonada en la que propone abrir una causa penal a Pablo Iglesias, vicepresidente segundo del Gobierno y líder de Unidas Podemos.
Los fiscales de la Sección Penal del Supremo que han examinado el escrito del instructor del caso Tándem-Villarejo han llegado a la conclusión de que no es procedente iniciar un proceso contra Iglesias en este momento porque García-Castellón no ha realizado diligencias que hubiera debido llevar a cabo antes de dirigirse al alto tribunal.
El criterio del Ministerio Público se reflejará en un informe que ultima la fiscal de Sala Pilar Fernández Valcarce después de recabar la opinión de un equipo de fiscales formado por ella. Tras la abstención de la fiscal general, Dolores Delgado, el teniente fiscal del Supremo, Luis Navajas, decidió encomendar al asunto a Fernández Valcarce.
Imputaciones
Las imputaciones que García-Castellón realiza contra Pablo Iglesias surgen en la pieza Dina, una de las que forman el macroproceso Tándem-Villarejo, abierta en marzo de 2019 para investigar la difusión en varios medios de información almacenada en el teléfono móvil de Dina Bousselham. Esta mujer, que fue asesora de Pablo Iglesias, denunció el robo del dispositivo en noviembre de 2015.
García-Castellón ve indicios de delitos de revelación de secretos, daños informáticos y denuncia falsa o simulación de delito. Según el instructor del caso Tándem, Iglesias se personó como perjudicado en la pieza Dina con el fin de usar "fraudulentamente" el proceso para obtener ventajas electorales.
El vicepresidente segundo del Gobierno, según el juez, atribuyó al excomisario José Manuel Villarejo la filtración a la prensa de mensajes guardados en el móvil de Dina pese a que "sabía de antemano" que su asesora era "el origen de la filtración", ya que había hecho pantallazos de esos mensajes y los había reenviado a terceras personas. Esos mensajes, difundidos por OKdiario y luego por otros medios a partir de julio de 2016, dejaban en mal lugar a Pablo Iglesias, dibujando la imagen de un machista al que le hubiera gustado "azotar a [la presentadora] Mariló Montero hasta que sangrase".
Además, Iglesias retuvo en su poder durante meses una copia de la tarjeta de memoria del móvil de Bousselham que le fue entregada en enero de 2016 por el presidente del grupo editorial Zeta, Antonio Asensio, y se la habría devuelto dañada a Dina.
Denuncia previa
Sin embargo, para perseguir el delito de revelación de secretos el Código Penal exige la denuncia de la agraviada y García-Castellón nunca ha querido citar a Bousselham para preguntarle si desea actuar penalmente contra Iglesias, tal como le ha pedido de forma reiterada la Fiscalía Anticorrupción.
En realidad, lo que consta en la pieza Dina contraría la pretensión de García-Castellón de incriminar a Pablo Iglesias: Bousselham ha presentado numerosos escritos en los que ha dejado claro que considera al líder de Podemos tan víctima como ella misma de lo que ambos denominan "las cloacas del Estado", personalizadas en Villarejo. Bousselham sí ha querido proceder contra lo que llama la "pata mediática" de las "cloacas", con particular referencia a Okdiario, que, sin embargo, García-Castellón deja al margen.
El instructor, de otro lado, incluye en su exposición razonada contra el vicepresidente segundo a personas que, sin ser aforadas, no han sido interrogadas en la pieza Dina, sin que exista ningún obstáculo para ello.
No aforados
Según García-Castellón, los abogados de Podemos Raúl Carballedo y Marta Flor Núñez, "con conocimiento de su falsedad y temerario desprecio hacia la verdad", atendieron "a lo instado por el secretario general del partido" y diseñaron junto a Gloria Elizo (que sí es aforada por su cargo de diputada) "una estrategia procesal basada en simular la existencia de una conexión temporal y material entre la publicación de las imágenes [del móvil] en el mes de julio de 2016 y la desaparición de los efectos de Dina Bousselham el 1 de noviembre de 2015, tratando de involucrar a Okdiario y sus principales responsables en los hechos".
El juez no ha citado a Carballedo y Núñez para preguntarles sobre esas imputaciones y aquilatar los indicios contra Iglesias.
Habría desoído así, consideran fuentes fiscales, una inveterada doctrina de la Sala Penal del Supremo según la cual sólo es procedente dirigirse al alto tribunal para que actúe contra un aforado una vez que la investigación "esté agotada en todo lo que fuere posible", de forma que el siguiente paso a dar sería ya tomar declaración al aforado.
De otra parte, la investigación realizada en la pieza Dina no ha descartado que el filtrador de los mensajes de Dina haya sido Villarejo y, de hecho, la Fiscalía Anticorrupción y la Sala Penal de la Audiencia Nacional consideran que la hipótesis más probable es que fuera el comisario la fuente de información de las publicaciones de Okdiario y de otros medios como El Mundo y El Confidencial, que también publicaron mensajes del móvil de Dina.
Los indicios apuntan a Villarejo porque los archivos del teléfono de Bousselham se encontraron en su domicilio y porque las filtraciones a esos medios han sido el modus operandi acreditado en otras piezas del caso Tándem, como subrayó la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en la resolución en la que ordenó a García-Castellón que devolviera a Iglesias la condición de perjudicado. El mandato de la Sala ha sido soslayado por el instructor mediante la elevación de la exposición al Supremo contra el vicepresidente y, paralelamente, cerrando de forma súbita la instrucción de la pieza Dina.