Rosalía Iglesias, la mujer del extesorero del PP Luis Bárcenas, ha ingresado a la 17.15 horas de este domingo en la cárcel de mujeres de Alcalá (Madrid) para cumplir los cerca de 13 años de cárcel que le ha impuesto el Supremo tras revisar la sentencia del caso Gürtel que dictó la Audiencia Nacional en 2018, han informado a Efe fuentes penitenciarias.
Esto vuelve a poner sobre la mesa un viejo temor que subyace desde hace años en el seno del Partido Popular. Bárcenas siempre ha dicho que la entrada de su mujer en la cárcel sería la última línea roja que estaba dispuesto a tolerar.
El extesorero siempre aseguró que, si llegaba ese punto, acabaría tirando de la manta. Se airea por tanto ahora de nuevo el antiguo fantasma de esa información oculta que Bárcenas podría todavía poseer, y que presumiblemente afectaría de nuevo al PP. Información, en principio, relativa a pagos realizados de un modo presuntamente opaco.
Este domingo, apurando el plazo de 10 días que le dio la Audiencia para entrar en la cárcel después de que el alto tribunal ratificara a grandes rasgos la sentencia, Rosalía Iglesias ingresa en prisión dos años y siete meses después de que lo hiciera su marido, quien recientemente ha pedido el traslado de la prisión de Soto del Real a la de Alcalá Meco para estar cerca de su esposa.
Protocolo penitenciario
Según contempla el protocolo, nada más entrar en la cárcel los funcionarios le han tomado las huellas y le han hecho fotos, además de anotar sus datos en el libro de ingresos con un número asignado de interno.
Rosalía Iglesias ya cuenta con esta identificación, pues en mayo de 2018, tras ser condenada por la Audiencia, ingresó en la prisión madrileña de Soto, si bien apenas estuvo unas horas ya que abonó la fianza de 200.000 euros que le impuso el tribunal para eludir la cárcel.
Ese número ya figura en su expediente, en el que se incluirá la información actualizada sobre su situación procesal y penitenciaria. La mujer de Bárcenas tendrá que entregar, si hubiera entrado con ellas en la cárcel, pertenencias personales no autorizadas como llaves, móvil o cartera y dejar también a modo de consigna de forma voluntaria otros artículos de valor, como el reloj o cadenas.
Estos objetos personales se guardarán en una caja fuerte. El interno podrá retirarlos cuando salga en libertad o entregarlos a un familiar que designe. Según marca el procedimiento habitual de ingreso en un centro penitenciarios, tendrá un primer reconocimiento médico y será entrevistada en las próximas horas por el trabajador social y otros profesionales de la prisión para decidir módulo.
La clasificación de grado se designará antes de que pasen dos meses, recuerdan a Efe fuentes penitenciarias, y, aunque Iglesias ha elegido esta prisión, podría también solicitar en un futuro un cambio de centro o la propia dirección considerar oportuno un traslado.
Condena
Rosalía Iglesias acudió el pasado 30 de octubre a la Audiencia Nacional a recoger la resolución que acordaba que no existía impedimento alguno para seguir en un centro penitenciario con el tratamiento de rehabilitación al que dijo que se está sometiendo, por lo que se ordenaba que en un plazo de diez días tenía que entrar a la cárcel.
Aquel día, en el mismo edificio de la Audiencia se encontraba el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz, que comparecía como imputado por la operación Kitchen, en la que se investiga el espionaje a la familia Bárcenas en 2013.
Tras revisar su recurso, el Supremo no atendió a las alegaciones de la esposa de Bárcenas y ratificó, como ya dijo la Audiencia, que conocía la procedencia delictiva del dinero de su marido, al igual que el incremento no justificado de su patrimonio.
Los magistrados corroboraron que tenía "pleno control y capacidad de gestión sobre las cuentas bancarias de su titularidad, suizas o españolas, a través de las que el matrimonio ocultó su patrimonio y lo hizo circular".
"Una conducta claramente activa en orden a cooperar en esta dinámica de defraudación, ocultación y posterior afloramiento del dinero ilícitamente obtenido por su esposo", por lo que consideraron probado que su participación "no se limitó a plasmar su firma en cierta documentación".