La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que ordene repetir el juicio al líder de EH Bildu, Arnaldo Otegi, por el caso Bateragune, después de que hace unos meses anulase la condena a 6 años y medio de cárcel que se le impuso en 2012 en aplicación de una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
En base a dicha sentencia, que condenó a España por la parcialidad de una jueza, el alto tribunal estimó los recursos de Otegi y los otros cuatro condenados y anuló la sentencia por intentar reconstruir Batasuna a través del grupo Bateragune.
Vox recurrió el auto del Supremo, y ahora la Fiscalía le da la razón al considerar "que un defecto procesal no puede convertirse en una exención penal", por lo que pide a la Sala que retrotraiga las actuaciones para designar a nuevos magistrados del tribunal que celebre un nuevo juicio contra ellos.
Así lo ha anunciado a través de Twitter el propio líder del partido, Santiago Abascal y han confirmado a Efe fuentes fiscales este miércoles.
Otegi y el exdirigente sindical abertzale Rafael Díez Usabiaga fueron condenados por la Audiencia Nacional a 10 años de prisión por pertenencia o integración en organización terrorista y otros tantos de inhabilitación, mientras que al resto -Miren Zabaleta, Sonia Jacinto y Arkaitz Rodríguez- les impuso 8 años de cárcel.
Al revisar la sentencia, el Supremo rebajó las penas a entre 6 y 6 años y medio, un fallo que más tarde avaló el Tribunal Constitucional; no así el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, que acabó dando la razón a los condenados al estimar que se vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos por falta de imparcialidad de una magistrada que les juzgó.
En el origen del recurso al TEDH está la respuesta que dio la magistrada Ángela Murillo cuando Otegi, en la vista de una causa anterior, no quiso contestar si condenaba la violencia: "Ya sabía yo que no me iba a responder a esa pregunta". A lo que Otegi replicó: "Yo también sabía que lo iba a preguntar".
Otegi, que salió de prisión en marzo de 2016, recurrió la parcialidad de Murillo en este juicio, y el Supremo le dio la razón, pero no ocurrió lo mismo con respecto a la recusación de la jueza en la causa de Bateragune.
Para Estrasburgo, aceptar la primera recusación de la jueza por parcialidad contra Otegi en un caso y rechazarla en otro procedimiento diferente contra él solo unos meses después vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos.