La Audiencia de Madrid ratifica que Podemos sigue como investigado por su contrato con Neurona
El tribunal rechaza los recursos del partido en la causa relativa a un posible delito electoral en los comicios de 2019.
21 enero, 2021 11:13Noticias relacionadas
La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado la decisión del juez del caso 'Neurona' de mantener a Podemos como investigado por presuntos delito electoral y de financiación ilegal, si bien al mismo tiempo ha urgido al instructor a concretar los delitos que cabe imputar a la formación 'morada' para evitar que la investigación pueda prolongarse "innecesariamente".
En un auto del 15 de diciembre, la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de apelación presentado por Podemos contra el auto del 10 de septiembre en el que el titular del Juzgado de Instrucción Número 42 de Madrid, Juan José Escalonilla, se ratificó en su decisión de investigar a la organización política por dichos delitos, tal y como ya había acordado en una providencia anterior del 28 de julio.
En sendas decisiones, Escalonilla, que en ese momento indagaba sobre cuatro hechos supuestamente delictivos denunciados por el exabogado de Podemos José Manuel Calvente, optó por acotar la investigación sobre el partido al contrato firmado con la consultora política Neurona para las elecciones generales del 28 de abril de 2019, al sospechar que pudo ser un contrato simulado para desviar dinero de las cuentas 'morada'.
No obstante, la Audiencia de Madrid también ha instado al juez instructor a "determinar con celeridad qué delito o delitos cabe atribuirle como tal persona jurídica, de los incluidos en el catálogo de 'numerus clausus' según la legislación vigente aplicable y, más concretamente, con referencia a los hechos incardinables en el artículo 304 bis del Código Penal" (financiación ilegal).
La Audiencia Provincial ha apremiado a Escalonilla "para evitar que pueda prolongarse innecesariamente la investigación sobre el partido político Podemos en su posición de investigado, en aras de su derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión".