El coronel Diego Pérez de los Cobos ha pedido este jueves al juez Celestino Salgado que ejecute ya la sentencia que dictó el pasado 31 de marzo y en la que anuló la decisión del Ministerio del Interior de cesarle como jefe de la Jefatura de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid, ordenando a Grande-Marlaska que lo reponga en ese puesto.
La sentencia del juez Salgado ha sido uno de los varapalos más rotundos que ha recibido el titular de Interior (juez de carrera) porque la sentencia declaró que cesó a Pérez de los Cobos con "desviación de poder" y por una motivación fue "ilegal": la destitución se debió al empeño del coronel en "cumplir con lo que la ley establece" sobre la debida reserva de las investigaciones judiciales. Pérez de los Cobos se negó a facilitar a los mandos políticos información sobre la instrucción judicial de la causa sobre el 8-M, que afectaba a cargos del Gobierno.
La defensa de Pérez de los Cobos, ejercida por el prestigioso abogado Carlos Aguilar, ha solicitado hoy que se ejecute la sentencia dictada en la primera instancia, una posibilidad que da la ley aunque existan recursos, como sucede en este caso.
La Abogacía del Estado ha pedido a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que revoque el fallo del Juzgado y el recurso está pendiente de resolución. Pero la ley permite la ejecución del fallo judicial inicial, siempre y cuando no se genere una situación irreversible o perjuicios irreparables para la Administración.
Ninguna de esas circunstancias se produce en este caso, argumenta el escrito de Pérez de los Cobos. El coronel Blanes, que le sucedió al frente de la Comandancia de Madrid, podría quedar como segundo jefe de la Comandancia, sin que pierda sus emolumentos, carrera o residencia. El Juzgado, además, dio la opción a Blanes de personarse en el procedimiento y optó por no hacerlo.
Por el contrario, la no ejecución de la sentencia del Juzgado por el hecho de que esté pendiente del recurso de Interior sí produciría a Pérez de los Cobos perjuicios irreparables, porque tras la sentencia de la Audiencia Nacional vendrá otro recurso ante el Tribunal Supremo y ello hará que, con toda probabilidad, el procedimiento judicial dure más allá de la fecha en la que Pérez de los Cobos tendrá que pasar a la reserva, en 2024. De esta forma, incluso aunque ganase en todas las instancias, el fallo judicial favorable se convertiría en ilusorio porque no se podría ejecutar, al estar ya jubilado.
El escrito recuerda los argumentos que dio la propia Abogacía del Estado cuando el pasado noviembre se opuso a la medida cautelar solicitada por Pérez de los Cobos para que el Juzgado suspendiera su cese como jefe de Madrid mientras se tramitaba y resolvía su demanda. El representante jurídico del Ministerio del Interior se opuso a la medida cautelar argumentando que "en el hipotético caso" de que el coronel obtuviera una sentencia favorable -como ha ocurrido- siempre estaría abierta la posibilidad de ejecutar el fallo.
"Clara desviación de poder"
Marlaska cesó a Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de Madrid en mayo del pasado año alegando "pérdida de confianza", después de que el coronel se negara reiteradamente a la petición de sus superiores políticos de facilitarles información sobre el procedimiento penal que instruía la jueza Carmen Rodríguez-Medel sobre la celebración de la manifestación del 8 de marzo, Día de la Mujer, cuando la pandemia del Covid-19 ya estaba extendida.
Las diligencias penales afectaban entonces al delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, que finalmente fue exonerado. Pero en aquel momento Franco estaba siendo investigado por un presunto delito de prevaricación y el Gobierno temía que la imputación se extendiera a Fernando Simón, portavoz de Sanidad. Pérez de los Cobos se negó a pedir datos de la causa judicial a sus subordinados -lo que le fue reclamado incluso por la propia directora de la Guardia Civil, María Gámez, en la noche anterior al cese- porque esos agentes trabajan como Policía Judicial para auxiliar a la instructora en la investigación y sólo debían informar a la magistrada. Rodríguez-Medel, además, había dado instrucciones expresas en ese sentido.
El juez Celestino Salgado declaró en su sentencia que "es indiscutible es que, a pesar del deber legal de reserva y de la orden expresa de la magistrada [instructora de la causa del 8-M], se cesó al recurrente por no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil".
"Esa motivación [de la destitución] es ilegal", añadió. "Estamos ante un claro ejercicio desviado de la potestad discrecional" de cesar a un mando.
"La legalidad no puede ser arrinconada por la discrecionalidad", dijo en la sentencia. "El actuar discrecional no puede ser un medio para atentar contra la legalidad o menoscabar la legalidad a la que todos, en definitiva, estamos sujetos. Es por ello que el ejercicio de las potestades discrecionales está sujeto al control jurisdiccional".