Junqueras saluda a Pedro Sánchez en mayo de 2019 en el Congreso/.

Junqueras saluda a Pedro Sánchez en mayo de 2019 en el Congreso/. Efe

Tribunales

Ninguno de los seis jueces del TS que deliberan sobre el indulto a los condenados del 'procés' lo apoya

La Sala Penal ultima un informe en el que subrayará la proporcionalidad de la condena y la ausencia de razones de justicia para dejarla sin efecto. 

26 mayo, 2021 03:12

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El Gobierno no podrá apoyarse en ninguno de los magistrados que juzgaron el 'procés' para sacar adelante el indulto a los condenados. La Sala Penal del Tribunal Supremo emitirá un informe sin fisuras en el que declarará que no concurren razones de justicia, equidad o utilidad pública para dejar sin efecto la condena. Una condena, además, respaldada por el Tribunal Constitucional, que está desestimando en su integridad todos los recursos que ha examinado hasta ahora.

Los seis miembros de la Sala Penal que se pronunciarán sobre el indulto ultiman un informe que previsiblemente será enviado al Ministerio de Justicia mañana, jueves, y en cuya conclusión todos están a una, como cuando dictaron la sentencia del 14 de octubre de 2019.

Para los jueces del 'procés' -al igual que para la Fiscalía, también contraria a la medida de gracia-, los expedientes sobre estos indultos no arrojan ninguna luz sobre cuáles podrían ser los motivos de equidad o justicia para dejar sin efecto las penas impuestas, que la mayoría de los condenados no han cumplido todavía ni en la cuarta parte.

Son expedientes con peticiones de indulto formuladas por terceros. Ninguno de los condenados ha interesado del Gobierno de Pedro Sánchez la concesión de la medida de gracia. Tampoco han querido opinar sobre ella cuando el Supremo les ha dado la oportunidad de hacerlo. El único parecer que ha trascendido es el expresado por el  antiguo vicepresidente catalán Oriol Junqueras: "se pueden meter el indulto por donde les quepa". Y el de Jordi Cuixart reclamando la amnistía, esto es, borrar el delito y no sólo la pena.

Por lo demás, ninguno de los condenados ha mostrado arrepentimiento por haber incurrido en delitos de sedición, malversación de fondos públicos y desobediencia sino que, por el contrario, han advertido de que "ho tornarem a fer" ("lo volveremos a hacer")

Ninguna de las peticiones de indulto presentadas ilustra sobre los parámetros que, según la Ley de Indulto, deben ser tenidos en cuenta: si existen "a favor [de los condenados] razones de justicia, equidad o utilidad pública". Las solicitudes inciden en la supuesta injusticia de unas penas que se consideran desproporcionadas, extremo al que contestará el informe.

La Sala subrayará la gravedad de la conducta de los condenados, que aprobaron una legislación paralela para constituir la república catalana derogando de facto la Constitución Española en esa comunidad autónoma y que movilizaron a los ciudadanos para celebrar un referéndum independentista en abierta desobediencia al Tribunal Constitucional y al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que lo habían declarado ilegal. Lo hicieron, además, empleando ingentes cantidades de dinero público.

Los expedientes no aportan algunas informaciones que suelen incluirse en ellos y que hubieran podido ser valoradas por el tribunal, como la situación familiar de los condenados, sus cargas económicas o sus obligaciones laborales. Según las fuentes consultadas, es difícil por ello apreciar la concurrencia de razones de utilidad pública que en ocasiones resultan de esos datos.

El informe de la Sala Penal es preceptivo pero no vincula al Gobierno. No obstante, el hecho de que el tribunal descarte la justicia o equidad de la concesión de la medida de gracia impedirá que el Ejecutivo otorgue el perdón total de las penas.

La ley establece que "el indulto total se otorgará a los penados tan sólo en el caso de existir a su favor razones de justicia, equidad o utilidad pública, a juicio del Tribunal sentenciador (...). En los demás casos se concederá tan sólo el parcial, y con preferencia la conmutación de la pena impuesta en otra menos grave dentro de la misma escala gradual".

Uno de cada 100

El otorgamiento de indultos a los condenados del 'procés' rompería la estadística, ya que la concesión de la medida de gracia está siendo insignificante. Como media, apenas se otorga un indulto por cada 100 peticiones.

Los últimos datos disponibles se refieren al segundo semestre de 2020. En ese período se resolvieron 1.664 expedientes de indultos, de los cuales se concedieron 18, todos ellos parciales (el 1,08% del total).

En los 18 indultos otorgados, el Gobierno contó con algún informe favorable, bien del tribunal sentenciador, bien del fiscal o de ambos.

Siete recibieron informes favorables tanto del tribunal sentenciador como del Ministerio Fiscal; diez expedientes tenían el informe favorable del tribunal y, en cambio, desfavorable del fiscal, y uno tenía el informe desfavorable del tribunal sentenciador y favorable del Ministerio Público.

En el caso del 'procés' no será así. El Gobierno tendrá que resolver la concesión del perdón contra el criterio tanto del Tribunal Supremo como de la Fiscalía.