La Justicia gallega avala el despido de un conductor de ambulancias por dar positivo en drogas
El TSXG revoca una sentencia previa y considera que el trabajador quebró la "buena fe contractual" y la confianza de la empresa.
13 diciembre, 2021 13:32Noticias relacionadas
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha considerado "procedente" el despido de un conductor de ambulancias que, durante un control aleatorio de la Guardia Civil de Tráfico el pasado marzo, dio positivo en drogas.
El test se produjo mientras estaba al volante del vehículo con el que prestaba servicios, que tuvo que ser retenido tres cuartos de hora. La Benemérita le impuso una multa de 1.000 euros y le fueron retirados seis puntos del carné de conducir.
De esta forma, el alto tribunal gallego revoca una sentencia previa, en la que un juez de primera instancia sí estimaba la demanda del trabajador y ordenaba a la empresa a readmitirlo o indemnizarlo por el despido.
El Juzgado de lo Social número 3 de Pontevedra, en aquella ocasión, decidió basar su decisión, favorable al conductor, en el apartado de su convenio colectivo que alude a la superación de la tasa de alcohol.
Pero, según el TSXG, el comportamiento "debería haberse valorado con arreglo" al que alude al "fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo".
Al ser considerado ahora como despido procedente, la compañía, concesionaria del servicio de transporte sanitario urgente del 061 gallego, no está obligada a readmitirle ni indemnizarle.
Los magistrados del TSXG entienden que el empleado quebró "la buena fe contractual" con una infracción de carácter "muy grave", debido a los "múltiples riesgos" que conlleva su puesto y "la exigencia de las completas aptitudes durante la prestación de servicios" que este requiere.
Consumir drogas, establecen los jueces, supuso poner, "conscientemente", dichas obligaciones "en riesgo"; lo que justifica su despido disciplinario, que se produjo por carta el 31 de marzo de 2021. Para el Tribunal Superior gallego, el trabajador transgredió "la buena fe contractual".
"No estamos ante un proceso penal en el que habría de valorarse cuándo se produjo aquel [el consumo de las drogas] o la influencia que podría haber provocado en la seguridad vial, sino el hecho de hacerlo y de que en su organismo todavía hubiese tales trazas que da positivo en un control de carretera; ello implica por su parte la asunción de un riesgo que quiebra la confianza de la empresa y conduce a su justificar su despido", establece la sentencia, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, que también califica de "plenamente ajustada a derecho" la decisión de la empresa. Contra ella, aún cabe interponer recurso.