El presidente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Koen Lenaerts, ha resaltado este viernes en Madrid la "primacía, unidad y efectividad del Derecho de la Unión" como "trío normativo" esencial que debe ser respetado por los Estados miembros, sin que las "identidades nacionales" puedan servir de "excusa" para inaplicarlo.

Lenaerts ha pronunciado en el Tribunal Constitucional una conferencia magistral sobre La protección de los derechos fundamentales en el ordenamiento jurídico de la UE. Ha sido la primera visita al TC del presidente del TJUE, cuya presencia congregó a numerosas autoridades del mundo jurídico, político y académico.

El prestigioso jurista belga analizó el "diálogo" entre el Tribunal de Justicia de la UE y los tribunales constitucionales en el ámbito de la protección de los derechos fundamentales y se detuvo en la compleja cuestión de cuándo un ordenamiento jurídico nacional puede imponer sus propios estándares de protección.

Este es un asunto trascendente para España. El TJUE tiene pendiente de resolver una cuestión prejudicial planteada por el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena contra la decisión de los jueces belgas de denegar la entrega del exconsejero catalán Lluis Puig, implicado en la causa del 'procés' y prófugo de la Justicia española.

Los tribunales belgas consideran que el Supremo no es el órgano judicial español competente para juzgar a los exgobernantes catalanes por los delitos de sedición y malversación de fondos públicos.

El juez Llarena ha preguntado al tribunal que preside Lenaerts si es correcto que la autoridad a la que se dirige una euroorden la deniegue "sobre la base de motivos que, no estando explícitamente contenidos en la Decisión Marco que regula la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE), sí lo están en su norma nacional de transposición de esa Decisión Marco", interpretándola "en clave de su Derecho nacional y, además, sin plantear cuestión prejudicial" al TJUE.

Prudentemente, Lenaerts no se ha referido a esta cuestión prejudicial, de la que depende la suerte de las euroórdenes cursadas para la entrega del expresidente catalán Carles Puigdemont. Pero sí ha resumido la doctrina del TJUE que se tendrá en cuenta.

Ha afirmado, a este respecto, que cuando el legislador de la UE ha establecido un "estándar europeo" de protección de derechos fundamentales, los estándares nacionales no pueden ser aplicados. Ni siquiera si esa protección es más alta, ya que "se pondría en peligro el trío normativo 'primacía, unidad y efectividad del Derecho de la Unión". Así lo indicó el TJUE en el asunto Melloni, referido precisamente a una OEDE.

Igualdad

"El principio de primacía del Derecho de la UE", ha explicado, "es un requisito sine qua non para garantizar la igualdad ante los Tratados", ya que "asegura que todos los Estados miembros, independientemente de su talla, población o riqueza, sean iguales ante la ley. Esta igualdad solamente puede quedar garantizada si el Derecho de la Unión es interpretado y aplicado de manera uniforme en todos los rincones de la Unión Europea".

Pero "¿qué pasa cuando un Tribunal Constitucional se opone explícitamente a una sentencia del Tribunal de Justicia, alegando que ésta es incompatible con la identidad nacional del Estado miembro o que es ultra vires [que el TJUE ha ido más allá de su competencia]? ¿Puede y debe el juez nacional dejar inaplicada la jurisprudencia de su propio Tribunal Constitucional a fin de asegurar la plena eficacia de normas del Derecho de la Unión que produzcan efecto directo?", se ha preguntado.

"La fuerza vinculante de las sentencias de los tribunales constitucionales no puede llegar al extremo de impedir que un juez nacional examine, por sí mismo o en cooperación con el Tribunal de Justicia a través del mecanismo de remisión prejudicial, la compatibilidad de una legislación nacional con el Derecho de la Unión", ha respondido.

Identidad nacional

El TJUE descarta que una jurisprudencia constitucional pueda limitar la facultad del juez nacional de examinar la compatibilidad de la legislación nacional con el Derecho de la Unión, "aunque dicha jurisprudencia [del TC] tenga por cometido la protección de la identidad nacional del Estado miembro en cuestión, o se base en el supuesto carácter ultra vires de las sentencias del Tribunal de Justicia", ha señalado.

Aunque el Tratado de la Unión Europea protege en su artículo 4 la identidad nacional de los Estados miembros, este precepto “no tiene por objeto ni por efecto autorizar al Tribunal Constitucional de un Estado miembro, en infracción [del Derecho de la Unión], a inaplicar una norma de [dicho Derecho e la UE] por el motivo de que esa norma vulnera la identidad nacional", ha señalado Lenaerts.

De esta manera, si un Tribunal Constitucional considera que una disposición del Derecho de la UE no es conforme con la obligación de respetar la identidad nacional del Estado miembro, "debe suspender el procedimiento y plantear al Tribunal de Justicia una cuestión prejudicial a fin de determinar la validez de tal disposición (...) ya que el TJUE es el único competente para declarar la invalidez de un acto de la Unión”.

"La Unión respeta la identidad nacional de los Estados miembros. Ahora bien, dicha identidad no puede servir a los tribunales constitucionales de excusa para cerrar las puertas al diálogo prejudicial, ni para poner en tela de juicio la interpretación del Derecho de la UE que ha hecho el Tribunal de Justicia", ha concluido.

Acompañado del presidente del TC, Pedro González-Trevijano, que ha hecho de anfitrión de la visita de Koen Lenaerts a Madrid, el presidente el TJUE ha sido recibido por el rey Felipe en La Zarzuela.

El rey Felipe VI recibió al presidente del TJUE en La Zarzuela./ Efe

“Majestad, qué placer”, ha comentado, en español, al estrechar la mano del monarca.

Lenaerts habla fluidamente cinco idiomas, entre ellos el español, que ha utilizado en la conferencia pronunciada en el TC y, ya por la tarde, en una mesa redonda organizada por la Fundación Carlos Amberes en la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas.

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