El permiso de la Audiencia Nacional al etarra Gorka Loran ha fracturado al tribunal que lo otorgó. Aunque fue concedido el pasado 3 de junio, la juez María Fernanda García Pérez, una de los tres magistrados que formaban parte de la Sección Primera de la Sala de lo Penal, ha emitido ahora un voto particular contra aquella decisión, que fue polémica porque alteró el criterio habitual que exige un arrepentimiento expreso de los presos de ETA para gozar de estas medidas.
En su escrito, fechado el 13 de junio, García argumenta que "el reconocimiento del delito y del daño causado a las víctimas concretas de los hechos por los que se cumple condena" es un "factor que debe ser valorado junto a las demás circunstancias concurrentes". Y pide que se deniegue esta salida de la cárcel a Loran.
Por contra, el ponente del auto, el juez José Ricardo de Prada estableció que el perdón "no es en absoluto un requisito legal para la obtención de permisos penitenciarios", por lo que vio con buenos ojos concedérselo.
Ahora, la juez recuerda también que Gorka Loran no ha satisfecho su responsabilidad civil (62.409 euros) a pesar de no estar declarado insolvente ni ha participado en "programas de intervención terapéutica específica".
Y reprocha que la Junta de Tratamiento de la cárcel en la que estaba el preso no aportó informes técnicos para apuntalar su decisión —por mayoría, no por unanimidad— favorable a conceder el permiso de salida a Loran.
Los profesionales de la prisión se pronunciaron a favor dada la "preparación" del reo "para la vida en libertad". Uno de los educadores fue quien se opuso, considerando que "la evolución conductual del interno es tendente a favorable, aún sin consolidar".
Además, García destaca que el manuscrito adjuntado por la defensa de Gorka Loran, en el que éste manifiesta su intención de iniciar una nueva vida y rechaza el "sufrimiento" y el "dolor" causado a las víctimas de ETA, fue presentado una vez le fue denegado el permiso por parte del juez central de Vigilancia Penitenciaria. Fue tras la negativa de éste cuando la abogada del preso aportó, al recurrir ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, este documento.
En su voto particular, la magistrada reprocha que el juez central de Vigilancia, por tanto, "no contó con carta o escrito alguno que pudiera valorar, por lo que no cabe hablar de prejuicios ni de valoración negativa ni despectiva del mismo".
Pero, sin embargo, el pasado 3 de junio, la Sección Primera de la Sala de lo Penal —el ponente José Ricardo de Prada, el presidente del tribunal Francisco Javier Vieira y María Fernanda García Pérez— sí optó por conceder el permiso al etarra Gorka Loran.
Tal y como avanzó EL ESPAÑOL, Viera también redactó un voto particular que, aunque no se oponía a esta salida de la cárcel del preso, sí contradecía uno de los principales argumentos sostenidos por el ponente del auto, al reprochar "la ausencia en ese escrito de una condena explícita" a ETA ni la "reprobación total" del terrorismo.
La decisión de José Ricardo de Prada —que no contó entonces con oposición— constituyó un golpe de timón a la doctrina ya habitual de la Sala de exigir un perdón individualizado y expreso para acceder a medidas penitenciarias favorables.
"Sin que pueda considerarse un mensaje de desaprobación, incomprensión o rechazo [de la banda y sus objetivos], sí debe quedar constancia de la duda sobre sus reales sentimientos internos que trasladan los términos [que empleó el preso en su carta]", expuso el juez Viera en su voto particular.
Gorka Loran fue condenado por 184 homicidios terroristas en grado de tentativa a casi tres milenios de cárcel, pero las dos décadas de prisión que cumplirá finalizan el año próximo. En la Nochebuena de 2003, colocó varios explosivos, que no llegaron a detonar, en un tren que unía Madrid e Irún. Ya ha cumplido más de las tres cuartas partes de su pena.