El presidente de la Sala Penal del Supremo, Manuel Marchena, ha enviado este lunes a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, la petición de autorización para poder inculpar y llevar a juicio al diputado del PP Alberto Casero. El suplicatorio se ha cursado a través del presidente del alto tribunal, Carlos Lesmes.

Marchena ha atendido de inmediato el escrito en el que el magistrado que investiga a Casero, Andrés Palomo, expone los indicios de prevaricación y malversación de fondos públicos existentes contra el parlamentario, que hasta el pasado febrero fue uno de los 'fontaneros' del exsecretario general del PP, Teodoro García Egea.

La causa contra Casero es consecuencia de la admisión, por parte del Tribunal Supremo, de una exposición razonada de la jueza de Trujillo Patricia Gutiérrez, que investigó contratos y acuerdos firmados por Casero omitiendo los requisitos esenciales de la contratación pública: no siguió procedimiento administrativo alguno, no intervinieron los órganos competentes, no hubo publicidad y la adjudicación fue a dedo.

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A juicio del instructor del Supremo, los indicios contra Casero se basan esencialmente en las diligencias practicadas por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° 2 de Trujillo.

En ellas aparece ("a título meramente indiciario y provisorio") que Casero concertó con diferentes personas y entidades contratos de servicio, patrocinio o convenios “incumpliendo todo tipo de formalidad exigida al efecto por la normativa aplicable en cada caso”.

Según el instructor, “los diversos episodios de la conducta relatada, resultante de los referidos indicios fundados, no solo supone reiteradas y admitidas irregularidades administrativas, sino un modo de proceder del aforado que identifica su voluntarismo al margen de cualquier interpretación con un resquicio de racionalidad del ordenamiento jurídico; con vedadas contrataciones verbales o sin tramitación ni publicidad alguna en los supuestos que la cuantía lo requería, elusión de los mecanismos de control, asunción directa de pagos por la integridad de los servicios que además de periódicos se prestaban a entidad en la que el municipio sólo era una parte; plenamente subsumibles en el ilícito de prevaricación”.

Aunque la jueza de Trujillo sólo apreciaba un posible delito de prevaricación, el instructor del Supremo, en sintonía con la Fiscalía, considera que pudo haber también malversación.

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Los indicios muestran que Casero se "excedió en sus facultades de administración del patrimonio del Ayuntamiento causando un verdadero perjuicio al mismo, cuya cuantía, en este momento indiciario, superaría los 50.000 euros, en relación a aquellos pagos que no competían al Ayuntamiento o se realizaron por servicios no prestados”.

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