La Justicia argentina ha confirmado la anulación del procesamiento al exministro del Interior español Rodolfo Martín Villa por supuestos crímenes de lesa humanidad, a raíz de la muerte de varias personas al inicio de la Transición.
Así consta en una resolución, fechada el pasado 20 de septiembre y a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, de la Cámara Federal de Casación Penal, el máximo tribunal penal de Argentina.
En ella, el tribunal inadmite, por mayoría de dos a uno, el recurso presentado por la Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina (CEAQUA), la organización que responsabilizaba a Martín Villa de las muertes de tres manifestantes en Vitoria (en 1976) y otro en Pamplona (en 1978).
De esta forma, la Cámara Federal confirma la decisión de la Sala Segunda de la Cámara Criminal y Correccional Federal, la primera en anular el procesamiento del exministro de UCD.
Un procesamiento que había acordado, en 2021, la jueza María Servini, quien responsabilizó de las muertes a Martín Villa como "autor mediato por dominio de un aparato de poder organizado", al ostentar, al inicio de la Transición, la cartera de Interior.
Ahora, según consta en la resolución de la Cámara Federal de Casación Penal, el tribunal constata que, de la lectura de "esa fundamentación de la magistrada [Servini]" se extrae que "no hay allí referencias a pruebas directas o indirectas, indiciarias, variadas y/o unívocas" para procesar al expolítico español por lesa humanidad.
Es decir, no existen "elementos (...) de un patrón o plan metódico (…), preconcebido (...), llevado a cabo colectivamente con seriedad considerable y dirigido a una multiplicidad de víctimas", (...) completamente organizado (...) por un Estado propiamente dicho o de una organización que ejerza control fáctico sobre un territorio" contra determinadas personas por razón de su ideología, etnia u otros motivos propios de los crímenes de lesa humanidad.
Uno de los tres jueces que compone el tribunal, Mariano Hernán Borinsky, cuestiona en el escrito las conclusiones de la jueza Servini.
"En su trabajado fallo, [la magistrada] citó opiniones de historiadores sobre la etapa denominada Transición democrática española, que relacionó a otras opiniones que brindaron en la causa personas que dieron su testimonio. Aquellas entienden que existió una suerte de continuidad con políticas empleadas en la época de gobierno dictatorial conocida como el franquismo", recuerda el magistrado.
"Sin embargo, tales convencimientos son controvertidos por otros opuestos, que han sido traídos a colación por [Martín] Villa y su defensa, quienes también invocaron un importante número de decisiones políticas y normas dictadas en ese período histórico (el relevante a los fines de la presente), para concluir que 'la resolución recurrida muestra un completo desconocimiento de la historia española, y un desatino en la interpretación de los acontecimientos bajo estudio [porque] la mayoría de los historiadores describen la Transición como un período exitoso para la democracia y los derechos y libertades de los ciudadanos españoles'", subraya el juez, citando los argumentos de la defensa del exministro, ejercida por el abogado Jesús Santos (Baker&McKenzie).
Y concluye asegurando que "no se probó" que Martín Villa ordenase las actuaciones policiales que desembocaron en la muerte de varios manifestantes en los conocidos como sucesos de Vitoria y sucesos de Pamplona "o que actuara de algún modo compatible con aquéllas". "Se necesita de demostraciones que, hasta ahora, están ausentes", remata.