El Juzgado de lo Social número 3 de Cádiz ha adelantado más de un año un juicio previsto para el 29 de mayo de 2024. Ahora, la vista se celebrará catorce meses antes, el 22 de marzo de 2023.
Así consta en una resolución, en la que la secretaria judicial que la firma comunica esta decisión argumentando que "si no es rápida, la Justicia no es eficaz".
Dicho decreto, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, estima el recurso de la demandante, que solicitó que su juicio se celebrase en una fecha más temprana.
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Se trata de una mujer, madre soltera, que pleitea contra la Seguridad Social para poder disfrutar de las 32 semanas de baja por maternidad, en lugar de sólo la mitad que la ley contempla para cada progenitor.
"Efectivamente, un señalamiento alejado en el tiempo conculca el derecho a la tutela judicial efectiva", señala el documento, a la vista de "la naturaleza de la prestación que se pretende".
"Especialmente, en un caso como éste, en el que un núcleo monoparental solicita 32 semanas de baja por maternidad, que deben disfrutarse en el primer año de vida del menor", añade Roberto Mangas Moreno, el abogado laboralista que defiende a la mujer en este caso.
El letrado, tras la primera negativa de la Seguridad Social a conceder las 32 semanas de baja a su clienta, interpuso un recurso de tipo administrativo. Una vez denegado, acudió a la vía judicial. Cuando el pleito fue señalado para mayo de 2024, Mangas presentó otro recurso (de reposición) contra esta resolución, que el Juzgado estima ahora y modifica la fecha de la vista.
Aunque aún no se ha celebrado el juicio y, por tanto, ni existe un fallo que dé la razón a su clienta, el letrado ya considera "una primera victoria" el mero adelanto de la vista oral.
"En un caso como éste, una fecha tardía no tiene sentido. Por mucho que ganásemos el juicio en mayo de 2024, el derecho de mi clienta ya habría sido vulnerado", sostiene el abogado en conversación con este periódico. "Un señalamiento rápido —y más en casos como éste— es indispensable", insiste.
El Constitucional
Recientemente, el Tribunal Constitucional (TC) ha concluido que la demora en el señalamiento de litigios "que carecen de especial complejidad y suponen un significativo impacto en el recurrente" puede vulnerar la tutela judicial efectiva. Es decir, puede dañar el derecho de cualquier ciudadano a defender sus intereses ante los tribunales.
En una sentencia del pasado octubre, ponencia de la magistrada Inmaculada Montalbán, la Sala Primera del TC concedió amparo a un profesor de universidad, que se opuso a la resolución de un Juzgado de lo Social de Sevilla que señalaba su juicio para tres años y casi cinco meses después de la presentación de su reclamación contra el centro académico en el que trabajaba.
Fue ésta una de las sentencias que invocó Roberto Mangas en su recurso, en el que también recordaba que, para 2024, el hijo de su clienta ya tendrá dos años.
"Por supuesto, obvia decirlo, esta parte entiende, perfectamente, las carencias estructurales que surgen con el aumento del número de causas, de la falta de medios personales y materiales [de la Justicia], así como la alta carga de trabajo, máxime cuando hemos padecido una pandemia causada por la Covid-19, y hemos sufrido un largo estado de alarma que ha causado la paralización de los procedimientos judiciales, la suspensión de los plazos procesales...", reconocía Mangas en el recurso.
No obstante, subrayaba que estas circunstancias "no justifican la excesiva temporalidad en el señalamiento efectuado para el día 29 de mayo 2024, pues ello implica la vulneración del derecho a un proceso sin dilaciones indebidas y a la tutela judicial efectiva".
"No hago una crítica a los Juzgados; me consta el mucho trabajo que tienen", reconoce el letrado en conversación con EL ESPAÑOL. No obstante, insta a invocar esta sentencia del Tribunal Constitucional, como él hizo, para evitar los señalamientos tardíos.