Nunca la había visto en persona, pero aseguró que estaba enamorado de ella. Le envió reiteradamente mensajes de WhatsApp y SMS. La mujer, de profesión procuradora, había llevado meses atrás, de oficio, su divorcio. Y, por acosarla de esta forma, E. D. Z., de 52 años, fue condenado en 2020 a cuatro años de cárcel. También se le prohibió volver a ponerse en contacto con su víctima.
Pero E. D. Z. hizo caso omiso y, desde la prisión en la que estaba interno, la de Soto del Real, le envió una carta. "Lo primero es pedirte perdón por ser tan cretino y decirte que ya no me quieres y, por consiguiente, despedirme de ti", rezaba la misiva, escrita a mano. "Estoy loco por verte y amarte", insistía. "No saber hasta cuándo vas a tenerme aquí [la cárcel] me tiene frito", proseguía.
"Sólo quiero llamar tu atención, amor (...). El verdadero infierno es no poder estar contigo. Por favor, secuéstrame. Pero, esta vez, para estar a tu lado, tonta. Estoy harto de estar aquí y no sé por qué no me sacas de aquí", le decía.
Con aquella carta, vulneró la orden del Juzgado que le prohibía volver a contactar con la procuradora. La mujer, al leer el escrito, volvió a denunciarle, lo que dio origen a otro procedimiento judicial, que acaba de llegar a su fin. En una reciente sentencia, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, E. D. Z. ha sido condenado, de conformidad, a cinco años de tratamiento médico.
Interrogado durante la instrucción previa al primer juicio, E. D. Z. reconoció que no conocía a la procuradora y que "nunca" llegó a verle la cara, aunque aseguró que la relación entre ambos era consentida.
Ahora, el relato de hechos probados de esta última sentencia recoge que el preso, a pesar de conocer la prohibición de contactar con la mujer, "y con absoluto desprecio por las resoluciones judiciales", le envió dicha carta desde Soto del Real.
Lo hizo el 3 de enero de 2020 y la dirigió, por correo postal, a su casa, "quebrantando con ello la orden de alejamiento" adoptada por otro Juzgado en el primer procedimiento.
Esta sentencia sí reconoce que, en el momento de los hechos, el acusado tenía "gravemente alteradas sus facultades volitivas e intelectivas" por el trastorno delirante, "del subtipo erotomaníaco" que sufría.
El delirio erotomaníaco es un trastorno que hace creer al sujeto que lo padece que una persona está enamorada de él, incluso cuando existan evidencias claras de que no es así.
La sentencia, que fue dictada in voce al estar ambas partes de acuerdo, es firme. Aunque no le condena a cárcel, sí obliga a E. D. Z. a someterse a un "tratamiento médico externo adecuado al trastorno que padece por tiempo de 5 años".
La resolución también recuerda el acoso que sufrió la procuradora, por el que E. D. Z. ya fue condenado en una primera ocasión. El acusado le envió decenas de mensajes, "a pesar de su falta de respuesta" y de las advertencias de la mujer, que solicitó que parara.
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Alguno de esos mensajes incluían insinuaciones de tipo sexual, tales como: "Te amo, princesa. (...) Te espero, vida mía. (...) Si me quieres matar, mátame", "Vivo gracias a ti", "Ojalá no fueras tan guapa", "Ya me enamoraste por teléfono, mala", "Eres el amor de mi vida", ¿Te espero en casa? Y te como hasta los huesos..." o "Quiero hacerte el amor hoy por todo tu cuerpo".
Aquella situación provocó "temor e intranquilidad" de la víctima y le generó "una grave alteración" de su estado de ánimo y de su vida personal y familiar. Por ello, la mujer comunicó al Colegio de Procuradores su renuncia a seguir asistiendo a E. D. Z.
Ahora, además de los cinco años de tratamiento psicológico, el condenado deberá pagar las costas del proceso, incluidas las de la acusación particular. Y una multa de 540 euros.
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