Tomás Serrano

Tribunales LEY 'SÓLO SÍ ES SÍ'

El PSOE vuelve a las penas anteriores al 'sí es sí' y llama 'agresión sin violencia' al abuso

El texto presentado por los socialistas explicita la 'agresión sexual sin violencia', castigada más levemente que la que sí la incluye.

7 febrero, 2023 02:36

Aunque no recupera la diferencia entre los tipos penales de abuso sexual y de agresión, la proposición presentada este lunes por el PSOE sí regresa, en gran parte, al marco de delitos que modificó la Ley del sólo sí es sí.

Los socialistas, pese a la oposición de su socio en el Gobierno, Unidas Podemos, han optado por agravar las conductas cometidas con violencia o intimidación y castigar más levemente aquéllas que no. Y, no obstante, sí explicitan, formalmente, la existencia de un delito de agresión sexual sin violencia o intimidación. Estas dos condiciones eran las que, hasta la entrada en vigor de la LO 10/22, diferenciaban el abuso de la agresión.

No obstante, la norma estrella del Ministerio de Irene Montero, fundió los dos tipos en uno único, bajo el término, únicamente, de agresión sexual.

Comparativa del 'sí es sí' con la regulación anterior y la propuesta del PSOE.

Comparativa del 'sí es sí' con la regulación anterior y la propuesta del PSOE.

El texto que registró este lunes el Grupo Parlamentario Socialista modifica el actual apartado 3 del artículo 178 del Código Penal. "Si la agresión se hubiera cometido empleando violencia o intimidación o sobre una víctima que tenga anulado por cualquier causa su voluntad, su responsable será castigado con la pena de uno a cinco años de prisión", indica.

Hasta ahora, ese mismo art. 178 castigaba con uno a cuatro años de cárcel la agresión sexual, definida ésta como "cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento". Haya o no violencia o intimidación.

Violencia o intimidación

La reforma impulsada por el Ministerio de Igualdad no agravó los actos cometidos con violencia o intimidación ni castigaba más levemente los que no los incluyeran.

Sí lo hace ahora la proposición del PSOE, que también contempla que, "siempre que no medie violencia o intimidación", se impondrá dicha pena (de 1 a 5 años) en su mitad inferior (es decir, de 1 a 3 años), "en atención a la menor entidad del hecho".

En la actual Ley del sólo sí es sí no se especifica en ningún momento que estos hechos "de menor entidad" —para los que los socialistas reclaman ahora una menor pena de prisión— sean aquéllos en los que "no medie violencia o intimidación", como sí hace ahora el texto registrado por el PSOE.

Actualmente, tras la reforma impulsada por el Ministerio de Igualdad, el Código Penal castiga con penas de cárcel de cuatro a 12 años la agresión consistente en "acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías"; la llamada violación, que aparece recogida en el art. 179.

El texto registrado este lunes por el PSOE en el Congreso de los Diputados añade un nuevo apartado a este artículo: "Si la agresión a las que se refiere el apartado anterior se cometiere empleando violencia o intimidación o cuando la víctima tuviera anulada por cualquier causa su voluntad, se impondrá la pena de prisión de 6 a 12 años".

La mayor parte de las más de 400 reducciones de condena a delincuentes sexuales que los tribunales ya han ordenado han supuesto, precisamente, dos años menos de cárcel. De 6 a 4. Esto es, del límite mínimo existente en el anterior Código Penal por el delito de violación al que introdujo la Ley del sólo sí es sí.

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De esta forma, la proposición del PSOE agrava las agresiones sexuales cometidas con violencia o intimidación. Las violaciones y las que no lo son. No obstante, no recupera en ningún caso el tipo de abuso sexual, que el anterior Código Penal diferenciaba de la agresión por el empleo de violencia o intimidación. Sin embargo, además de estas dos condicionantes, incluye la "anulación de la voluntad de la víctima" como una tercera posibilidad que permitiría agravar las penas.

La fusión del abuso sexual y de la agresión en un único delito era una de las señas de identidad de esta norma. Y una de las líneas rojas de Podemos, contrario a diferenciar, como antes, ambos tipos penales. La formación izquierdista también se oponía a que la violencia o la intimidación volvieran a convertirse en un factor para calificar los delitos sexuales. Sin recuperar explícitamente el tipo de abuso sexual, el PSOE sí propone agravar las conductas cometidas con violencia o intimidación.

Así lo explicita la exposición de motivos de la proposición: "Respetando este modelo, es importante blindar la ley en favor de las víctimas y evitar el efecto no deseado de una posible aplicación de las penas mínimas de los nuevos marcos penales, que son más amplios, para que en casos graves no exista la posibilidad de que se impongan penas bajas".

"Pero sin afectar al corazón de la norma, ya que se mantiene la íntegra definición del consentimiento", añade el preámbulo, antes de considerar necesario "establecer unas penas distintas y más graves para las agresiones sexuales (...) cuando se realicen con violencia o intimidación o sobre una víctima con voluntad anulada".