El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la rebaja de la condena al joven que violó a su exnovia tras atarla con unas bridas.
Así consta en un reciente auto de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, fechado el pasado abril. En noviembre de 2016, el acusado fue condenado a seis años de cárcel. Ahora, en aplicación de la Ley del sólo sí es sí, la norma estrella del Ministerio de Igualdad, la pena queda reducida a cuatro años.
Aquella sentencia recoge que el joven, que tenía 20 años en 2014, cuando sucedieron los hechos, se ofreció a acompañar a la víctima, de 18, a su casa. Ambos habían estado en el Parque de San Mamés, que no estaba muy lejos del domicilio de la chica.
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Habían sido novios en el pasado, pero ya no lo eran. Pasadas las 22.30 de aquel domingo, subieron en el coche del joven, quien, en lugar de seguir la ruta, se desvió hasta un descampado. Allí, el acusado propuso a la chica hablar en el asiento trasero del vehículo y ella aceptó.
"Acto seguido, cogió del maletero una bolsa que contenía unas bridas, y le dijo a [omitido] que extendiera las manos y cerrara los ojos porque le iba a regalar una pulsera", recoge la sentencia. Sin embargo, el joven le ató las manos con unas bridas que había cogido del maletero del coche.
"Estando [omitido] con las manos atadas, se puso encima de ella y usando la fuerza le metió un dedo en el ano y en la vagina, con intención de satisfacer una apetencia sexual", añade. La víctima comenzó a gritar y el acusado la liberó con unos alicates. Tras ello, la trasladó finalmente a su casa, a donde la chica llegó con los leggins rotos y contó lo sucedido a su tía y a su prima, con las que vivía.
La Audiencia Provincial de León condenó al joven a seis años de cárcel. Posteriormente, en aplicación de la Ley del sólo sí es sí, redujo la pena a cuatro años, como solicitó la defensa del acusado.
El recurso
La norma estrella de Igualdad modificó a la baja los castigos para ciertos delitos sexuales y en el caso de la agresión sexual con penetración sustituyó la horquilla de 6 a 12 años por la de 4 a 12 años. Con ello, la pena mínima se redujo en dos años, lo que benefició al joven.
Ahora, la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Castilla y León confirma aquella decisión. Curiosamente, fue la defensa del acusado la que recurrió ante el TSJCyL, ya que, a su juicio, la Audiencia leonesa no respondió a una de las cuestiones que planteó la defensa del acusado: que, debido a la "menor entidad del hecho", la condena podía ser sustituida por una multa. El Tribunal Superior lo descarta y confirma la rebaja de la condena a cuatro años de prisión.
"No cabe calificar al hecho con el atributo de 'menor entidad' que se pretende", razonan los jueces José Luis Concepción, Carlos Javier Álvarez y Blanca Isabel Subiñas. Los magistrados, además, destacan que la agresión sexual se cometió empleando violencia e intimidación, al usarse unas bridas y engañando a la víctima.
Por ello, al desestimar íntegramente sus peticiones, el TSJ castellanoleonés obliga al condenado a pagar las costas de su recurso. Según los datos más recientes recopilados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la Ley del sólo sí es sí ya ha supuesto más de mil rebajas de condena a agresores sexuales, violadores, pederastas o abusadores.