El exconsejero de Empleo Antonio Fernández a su llegada a la Audiencia para recoger la notificación de la condena de inhabilitación por el caso ERE.

El exconsejero de Empleo Antonio Fernández a su llegada a la Audiencia para recoger la notificación de la condena de inhabilitación por el caso ERE. Europa Press

Tribunales

Cuatro ex altos cargos condenados por los ERE se libran de uno de los juicios de las ayudas a Santana

Aplica el principio non bis in idem, que impide un doble enjuiciamiento en relación a unos mismos hechos, y la prescripción de los delitos.

29 junio, 2023 15:48

El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha dictado un auto en el que acuerda continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas relativas a las ayudas autonómicas por valor de más de 100,66 millones de euros concedidas entre 2001 y 2010 a la extinta empresa automovilística de Linares (Jaén) Santana Motor.

Se trata de una de las piezas abiertas relacionadas con esta empresa, pero hay otras que se están tramitando aún. Entre ellas, una que implica a Juan Carlos Martínez, el marido de la exdirectora de la Guardia Civil María Gámez, que dimitió hace unos meses por este motivo.

En este auto, en concreto, el juez excluye de las actuaciones al exconsejero Francisco Vallejo y al exviceconsejero Agustín Barberá y declara la prescripción de los hechos respecto a los exconsejeros José Antonio Viera y Antonio Fernández.

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Todos ellos son ex altos cargos de la Junta condenado por la pieza política del  caso ERE y, a excepción de Viera que ya goza del tercer grado por motivos de salud, el resto continúa en prisión cumpliendo condena.

En concreto, el juez archiva la causa contra Agustín Barberá y Francisco Vallejo al aplicar en ambos casos el principio non bis in idem, que impide un doble enjuiciamiento en relación a unos mismos hechos delictivos.

Sobre los otros dos archiva la causa por prescripción de los delitos y no por aplicación de este principio, pues considera que se les atribuyen hechos distintos a los enjuiciados en el procedimiento específico. El motivo es el transcurso de más de 15 años desde la propia comisión de los hechos delictivos (año 2003) hasta que se acuerda dirigir el procedimiento contra los presuntos responsables.

Según reza en el auto, remitido por el TSJA, el juez acuerda continuar las diligencias previas como procedimiento abreviado, como presuntos responsables penales, contra cinco personas.

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Se trata del que fuera consejero delegado de Santana Motor; el director de Recursos Humanos de la empresa, el apoderado de la Sociedad para el Desarrollo de Componentes S.L. y de la Sociedad Útiles del Sur S.L.; un abogado, y el responsable de una mediadora.

Asimismo, el instructor continúa el procedimiento contra cinco directivos de la mercantil en calidad de partícipes a título lucrativo. El juez considera que, a consecuencia de las ayudas ilícitas objeto de la presente causa, tales directivos de Santana Motor "se habrían visto clara y directamente beneficiados al obtener injustamente una remuneración o gratificación extraordinaria".

La misma, prosigue el instructor, habría sido objeto de una administración desleal de fondos públicos determinante de la ilicitud de la causa negocial de las pólizas de seguro por ellos suscritas e ilícitamente financiadas.