El Juzgado de lo Penal número 15 de Málaga ha multado con 5.400 euros a Francisco Javier Lara. Se trata de antiguo decano de la Abogacía malagueña que, durante su mandato, limitó la asistencia presencial a los detenidos, debido a la pandemia de la Covid-19.
Una sentencia que adelanta EL ESPAÑOL considera a Lara autor de un delito de desobediencia grave a la autoridad, al firmar un protocolo "unilateral, sin conocimiento ni participación alguna de ningún operador jurídico ni autoridad judicial".
Según constata la resolución, el día 6 de mayo de 2020, con un estado de alarma vigente en España debido a la emergencia sanitaria, una trabajadora del Colegio de Abogados de Málaga comunicó al juzgado que estaba de guardia de detenidos que, "a partir de ese mismo día, la asistencia letrada dejaba de realizarse de forma presencial y en su lugar se practicaría por videoconferencia".
El Colegio de Abogados malagueño tampoco facilitó al Juzgado de Instrucción número 10 de Málaga, que estaba entonces en función de guardia de detenidos, la identidad de los letrados de oficio que podían asistir a los arrestados.
Es por ello que la jueza titular de dicho Juzgado abrió un expediente gubernativo. En una providencia, la magistrada reprochó al Colegio de Abogados que las instalaciones judiciales contaban con "locutorios con mamparas que garantiza la debida separación entre letrado y detenido" y que se habían adoptado "todas las medidas sanitarias exigibles".
Pasadas varias horas, dado que el Colegio de Abogados no respondió ni facilitó el nombre de los letrados de oficio que estaban de guardia en ese momento, la juez puso en libertad a los cuatro detenidos.
Uno de ellos fue arrestado por agresión sexual. El segundo, por un delito de violencia sobre la mujer. El tercero, por violencia doméstica y otro por delito de quebrantamiento de condena.
Minutos más tarde, el Juzgado recibió un correo electrónico del Colegio de Abogados, firmado por Francisco Javier Lara, que comunicaba que se había optado por limitar la asistencia letrada presencial, en favor del modelo de videoconferencia, a través del sistema Circuit.
La juez, de nuevo, insistió en que éste era "incompatible" el sistema denominado Circuit con las videoconferencias. En un último escrito, Lara contesta al Juzgado en los siguientes términos: "Pongo en su conocimiento que los letrados asignados a la guardia de hoy realizarán la asistencia por videoconferencia desde el juzgado sin contacto con el detenido (...), debiendo realizar las gestiones necesarias para que se solucione antes de la siguiente guardia".
La sentencia también señala que "no consta" que los abogados de oficio que estaban de guardia en ese momento "tuvieren conocimiento del requerimiento de su presencia para atender a las personas detenidas". También reprocha que el Colegio de Abogados de Málaga no facilitó a la juez su identidad.
"A diferencia de lo que sucedió en el partido judicial de Málaga capital, todos los servicios de guardia de detenidos de los distintos partidos judiciales de la provincia de Málaga (...) fueron atendidos cumplidamente", compara la resolución, que constata que el sistema Circuit "no había tenido implantación" en la capital, "puesto que no sólo requería una dotación económica que no tuvo lugar", sino que era incompatible con el software de grabación.
La sentencia del Juzgado de lo Penal número 15 también señala que la Ciudad de la Justicia malagueña contaba con medidas de protección sanitaria, como protocolos de desinfección o un cristal protector, conectado por dos teléfonos que funcionaban a modo de auricular.
Tras conocerse la noticia, el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) ha lamentado este fallo. En un comunicado, el ICAM "muestra su firme apoyo al decano Francisco Javier Lara y su discrepancia con la sentencia".
"Denota la absoluta ausencia de capacidad de diálogo de la magistrada denunciante y la nula empatía con la abogacía de oficio", señala el escrito.
Consultado por EL ESPAÑOL, Lara anuncia, por teléfono, que recurrirá este fallo ante la Audiencia Provincial de Málaga.