De nuevo el mismo error, la superación de los plazos de instrucción, dejará impunes a enchufados del PSOE andaluz en la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe), más conocida por el gasto de más de 30.000 euros del que fuera su director Fernando Villén en clubes de alterne con tarjetas de la fundación.
Además de aquel juicio, por el que Villén fue condenado a seis años, el caso contó con otras piezas judiciales derivadas de supuestos contratos irregulares como es el caso del exconcejal de Dinamización Cultural y Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz), el socialista Francisco Camas.
El Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha acordado el sobreseimiento de esta pieza en concreto. En la misma también estaban siendo investigados el citado ex director general; el exdirector de Recursos Humanos, Antonio Jiménez Cuenca; y el exdirector de la Gerencia de la Faffe en Cádiz, Luis Marqués Suárez, por presuntos delitos de prevaricación administrativa y malversación.
[Un error judicial anula hasta seis causas de corrupción de excargos del PSOE andaluz]
Según ha informado el TSJA, en un auto emitido el pasado miércoles, el magistrado José Ignacio Vilaplana toma esta decisión después de que la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla estimase en octubre el recurso de apelación presentado por la defensa de Francisco Camas.
Este lo elevó contra el auto de 25 de julio de 2022 de ampliación y prórroga del plazo de instrucción de la causa durante otros seis meses adicionales. Este auto la Audiencia lo revocó y dejó sin efecto por una cuestión de tiempo.
En concreto, la fase de instrucción del procedimiento habría de entenderse concluida con fecha 24 de diciembre de 2019, siendo ineficaz e inválido el auto de 4 de marzo de 2020 que declaró la complejidad de la causa.
En este sentido, el magistrado añade que la Sección Séptima, por medio de este y otros autos, establece doctrina en cuya virtud las prórrogas de los plazos de investigación acordadas al amparo del artículo 324 resultan inviables en el caso de que se hubiese acordado la inicial ampliación del plazo de instrucción de forma extemporánea.
Es decir, a raíz del mismo, el juez ha declarado la invalidez de las actuaciones (posteriores resoluciones sobre declaración de complejidad y prórroga) y diligencias cuya práctica habría sido acordada una vez transcurrido el plazo de investigación inicial de seis meses, y que, en este caso, habría concluido el 24 de diciembre de 2019.
Sí hubo delito
Dado el caso, cuando en marzo de 2020, año en el que Vilaplana y la juez María Núñez, titular del Juzgado de Instrucción número seis, alcanzaron un acuerdo para que las macrocausas quedasen en manos del primero, esta medida fue acordada de forma extemporánea. Por ello, nada de lo acordado después tiene validez, incluyendo la llamada al proceso como investigados de los encausados, según Vilaplana.
En esta pieza en concreto, el instructor investigaba la contratación supuestamente irregular e ilícita del socialista Francisco Camas en la Faffe con motivo de la extinción de la entidad Fondo Formación y Empleo (FPE) y la creación de la Faffe, con el consiguiente traspaso de los activos de la primera hacia la segunda.
En cualquier caso, en el auto el juez no elude la responsabilidad de los investigados. Asegura que la contratación de Francisco Camas por parte de la Faffe en julio de 2003, a instancias de su ex director general técnico, fue "por su sola voluntad, sin proceso alguno de valoración o contraste de la aptitud o idoneidad del sujeto a contratar".
Por tanto, considera que se habría llevado a cabo "de manera injusta y arbitraria", prescindiendo de los procedimientos de contratación a los que la Faffe debía ajustarse, sin concurrencia alguna de otros posibles candidatos al puesto. Su único mérito fue "su afinidad y vinculación personal y política con los responsables de la Faffe", en particular con su ex director general, ya condenado.