"El Poder Judicial no está sometido a las Cortes": el informe sobre 'lawfare' que debatirá el CGPJ
El documento, que se debate este jueves, rechaza que los jueces puedan ser interrogados por los políticos sobre sus resoluciones jurisdiccionales.
21 diciembre, 2023 03:19"El Poder Judicial no está sometido a las Cortes ni éstas pueden imponerle actos de control", asevera el informe preparado por el sector mayoritario del Consejo General del Poder Judicial respecto a la pretensión de los partidos independentistas de citar a jueces en las comisiones parlamentaras de investigación sobre supuestos casos de 'lawfare'.
El documento, conocido por EL ESPAÑOL, será debatido mañana por el pleno del CGPJ y señala, con rotundidad, que "los miembros de la carrera judicial no pueden comparecer ante las comisiones de investigación que se constituyan en las Cortes para ser interrogados sobre las actuaciones jurisdiccionales".
La elaboración del informe de los vocales propuestos por el PP se justifica sobre la base de que el órgano de gobierno del Poder Judicial tiene el encargo constitucional de garantizar la independencia de los jueces.
Según el documento, la "profunda preocupación" que generan "algunas decisiones que se vienen adoptando sobre el Poder Judicial" se ha agravado ante situaciones que califica de "inadmisibles", en referencia a los ataques proferidos por Junts per Catalunya a jueces que intervienen en el 'procés'.
Esas declaraciones en sede parlamentaria "constituyen uno de los mayores ataques el Poder Judicial en cuanto años lleva vigente nuestra Constitución", afirma. "El Consejo no puede permanecer pasivo ante tales acontecimientos".
El texto arranca con una queja (la enésima), sobre la falta de renovación del Consejo. De ahí que la primera conclusión que se propone sea "remitir comunicación a los presidentes del Congreso y del Senado para que se proceda de manera urgente al nombramiento de los vocales, conforme a su propia normativa orgánica".
También critica la supresión de competencias nucleares del CGPJ en prórroga de mandato. "Se resiste a la mínima razonabilidad que esas competencias se hayan restituido cuando ha interesado a los grupos políticos que configuran la mayoría parlamentaria", afirma en referencia a la devolución al Consejo de la competencia para nombrar a dos magistrados del Tribunal Constitucional.
"Lo que es válido para el Tribunal Constitucional no es válido para el Tribunal Supremo, que tiene mermada su planta en más de un treinta por ciento al momento actual", critica.
'Lawfare'
Pero el punto central del informe es "la creación de comisiones vinculadas a la que se ha denominado 'lawfare' en una interesada tergiversación del concepto, acuñado por la doctrina hispanoamericana más extrema con la finalidad de justificar que delitos acreditados queden impunes, reprochando que su persecución estaba motivada con fines políticos y que los jueces habrían ejercido sus potestades en favor de lo que se ha venido a considerar como los intereses de una clase dirigente, terminando por reprochar a los jueces su actuación y dejando los delitos impunes".
"Con ese argumento", señala el documento, "se pretende someter a los jueces al control de las Cámaras legislativas por las resoluciones que han dictado".
También alude a la proposición de ley de amnistía, "cuya exposición de motivos deja constancia de esa imputación del conflicto catalán a los miembros del Poder Judicial".
El documento alude a la "lógica y profunda inquietud" existente en los miembros de la carrera judicial y considera necesario "dar seguridad a los jueces que puedan sentirse inquietados en el legítimo ejercicio de sus potestades jurisdiccionales".
El informe parte de la configuración constitucional del Poder Judicial y de la doctrina del TC, que ha subrayado que la independencia de los jueces “implica que, en el ejercicio de su función, están sujetos única y exclusivamente al imperio de la ley, lo que significa que no están ligados a órdenes, instrucciones o indicaciones de ningún otro poder público, singularmente del legislativo y del ejecutivo".
El texto que debatirá el CGPJ señala que las Cortes regulan la normativa aplicable al Poder Judicial "pero siempre respetando los principios que impone la Norma Fundamental".
Pero "ni la Constitución ni norma alguna confiere a las Cortes una superioridad jerárquica ni, menos aún, un poder de control sobre quienes detentan la potestad jurisdiccional".
Comisiones de investigación
Sobre las comisiones de investigación, el informe destaca que tanto el artículo 76 de la Constitución como el 52.4 del Reglamento del Congreso declaran expresamente que las conclusiones de esos órganos no son vinculantes para los Tribunales ni afectan a las resoluciones judiciales.
Esa exclusión constituye una "clara manifestación de que, conforme a la Constitución, no existe posibilidad de control alguno del Parlamento sobre el Poder Judicial".
A su juicio, varios preceptos de la Ley Orgánica del Poder Judicial refuerzan esa conclusión.
El artículo 563, que prevé que solo el presidente y los vocales del CGPJ -no los jueces y magistrados- pueden acudir el Parlamento para hablar de la memoria de funcionamiento del Consejo.
El artículo 399, según el cual «las autoridades civiles y militares se abstendrán de intimar a los jueces y magistrados y de citarlos para que comparezcan a su presencia».
El artículo 396, que prohíbe a los jueces revelar los datos que conozcan en el ejercicio de sus funciones, revelación que constituiría una falta disciplinaria muy grave o grave.
"No pueden comparecer"
Por ello, propone que el CGPJ declare que "los miembros de la carrera judicial no pueden comparecer antes las comisiones de investigación que se constituyan en las Cortes para ser interrogados sobre las actuaciones jurisdiccionales que hubiesen adoptado en el legítimo ejercicio de su potestad jurisdiccional".
La responsabilidad en que hubiesen podido incurrir los miembros de la carrera judicial, añade, "solo será exigible por este Consejo o por los Tribunales que fueran competentes, y solo en los supuestos expresamente tipificados como infracción disciplinaria o como delitos".
"En modo alguno", concluye, los jueces "pueden ser interrogados, en sede parlamentaria, sobre una posible intencionalidad personal en la adopción de las resoluciones jurisdiccionales que dictasen ni sobre la justificación personal de tales resoluciones".