Pedro Sánchez y Begoña Gómez el pasado 19 de junio en Madrid.

Pedro Sánchez y Begoña Gómez el pasado 19 de junio en Madrid. Europa Press

Tribunales

El juez Peinado acuerda ir a Moncloa a tomar declaración a Sánchez por la investigación a su mujer

Señala el 30 de julio para la diligencia, que enmarca en el delito de tráfico de influencias por el que investiga a Begoña Gómez.

22 julio, 2024 11:12

El juez Juan Carlos Peinado, que investiga a la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, por presuntos delitos de corrupción, ha acordado citar a declarar como testigo a Pedro Sánchez, para lo que ha señalado el próximo 30 de julio.

Es la primera vez que un juez acuerda recibir declaración a Sánchez, lo que Peinado pretende hacer acudiendo al palacio de la Moncloa, residencia del jefe del Ejecutivo.

Aunque la citación del jefe del Ejecutivo se ha conocido hoy, el instructor la decidió el pasado viernes, cuando compareció por segunda vez en el Juzgado Begoña Gómez, acogiéndose a su derecho a no declarar.

Según Peinado, la citación de Sánchez se justifica "teniendo en consideración que uno de los tipos penales por el que se sigue la investigación, en concreto el delito de tráfico de influencias, en la interpretación que del mismo se viene realizando por la doctrina y por la jurisprudencia, contempla la modalidad del 'tráfico de
influencias en cadena', así como la necesidad de investigar la posible concurrencia del elemento normativo de la influencia, así como la posible relación de la persona investigada con una autoridad".

El delito de tráfico de influencias, por el que se investiga a Begoña Gómez, está descrito en el Código Penal como la conducta del "particular que influyere en un funcionario público o autoridad, prevaliéndose de cualquier situación derivada de su relación personal con éste o con otro funcionario público o autoridad, para conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero".

Pese a que el precepto exige influencia en una autoridad o funcionario para que éste adopte una resolución, Peinado cita a Sánchez en su calidad de "esposo de la investigada" y enmarca la citación en el artículo 412.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Esta norma regula la declaración del presidente del Gobierno "sobre cuestiones de las que no haya tenido conocimiento por razón de su cargo". En este supuesto, la ley prevé que la declaración se tomará "en su domicilio o despacho oficial".

Si Peinado quisiera interrogar al jefe del Gobierno sobre hechos de los que tenga conocimiento por razón de su cargo, debería permitirle declarar por escrito.

De la citación se desprende, por tanto, que el juez considera necesario interrogar a Sánchez por hechos ajenos a su cargo de presidente del Gobierno (aunque se investiga un supuesto tráfico de influencia de su esposa).

Dispensado del deber de declarar

No obstante, la ley procesal penal también establece que el cónyuge del encausado está dispensado de la obligación de declarar.

Ordena, en este sentido, que el juez "advertirá al testigo que no tiene obligación de declarar en contra del procesado; pero que puede hacer las manifestaciones que considere oportunas".

Peinado ha dado instrucciones para que los servicios informáticos de la Comunidad de Madrid, acompañados de agentes de la Policía Judicial, acudan a la Moncloa el día 29 "al objeto de proceder a la instalación de los dispositivos necesarios, para que la citada prueba documental sea recogida en el correspondiente soporte de
grabación".