Alberto Casero, en una imagen de archivo en el Congreso

Alberto Casero, en una imagen de archivo en el Congreso Isabel Infantes Europa Press

Tribunales

El TC zanja la polémica por el voto del diputado Casero en la reforma laboral: no se vulneró su derecho

Los magistrados respaldarán hoy una propuesta para desestimar el recurso del exparlamentario del PP, que se equivocó al votar y permitió la aprobación de la reforma laboral.

11 septiembre, 2024 02:45

El exdiputado del PP Alberto Casero verá rechazado hoy, previsiblemente, el recurso de amparo que interpuso ante el Tribunal Constitucional contra la decisión de la expresidenta del Congreso, Meritxell Batet, de dar por válido el voto que permitió la aprobación, 'in extremis', de la reforma laboral del Gobierno socialista el 3 de febrero de 2022.

Dos días antes, Casero había pedido emitir el voto telemáticamente, acompañando un certificado médico de "enfermedad impeditiva de la función parlamentaria".

La reforma laboral salió adelante al recibir 174 votos en contra y 175 a favor, es decir, gracias al voto equivocado del entonces parlamentario 'popular', que inicialmente habló de una incidencia informática que los técnicos descartaron por completo.

Por ello, Batet consideró verificado el voto telemático de Casero y rechazó convocar la Mesa del Congreso para pronunciarse sobre la solicitud de que pudiera ejercer su voto presencialmente, anulando el electrónico. Esa petición fue formulada por el grupo parlamentario del PP en aras a que la votación expresase la voluntad real de la Cámara.

Dos años y medio después de aquellos acontecimientos, el pleno del Tribunal Constitucional se dispone a debatir una ponencia del magistrado Ramón Sáez en la que se propone desestimar el recurso de Casero, al descartar la vulneración de sus derechos parlamentarios. Fuentes del TC aseguran que Sáez tendrá el respaldo de los magistrados.

Según estas fuentes, el ponente examina la regulación del voto telemático en el Congreso y llega a la conclusión de que en el momento de la votación de la reforma laboral seguían vigentes ciertas especialidades establecidas durante la pandemia de la Covid-19.

En particular, continuaba vigente el sistema de voto telemático través de la intranet de la Cámara, con la introducción del usuario y de una contraseña y con el procedimiento de doble paso, es decir, la elección del sentido del voto por el diputado y su posterior confirmación.

Este sistema de voto telemático no se añadió, sino que sustituyó, al método ordinario previsto en una Resolución dictada en 2012 y que preveía que “tras ejercer el voto mediante el procedimiento telemático, la Presidencia u órgano en quien delegue comprobará telefónicamente con el diputado autorizado, antes del inicio de la votación presencial en el Pleno, la emisión efectiva del voto y el sentido de éste”.

De este modo, la comprobación telefónica del voto no resultaba aplicable a la sesión plenaria de 3 de febrero de 2022 y, por ello, la presidenta del Congreso no estaba obligada a realizar esa comprobación, en contra de lo que alega Casero en su demanda de amparo.

La ponencia también descarta que Batet hubiera debido convocar a la Mesa para resolver si Alberto Casero podía acudir a votar presencialmente para corregir el error de su previo voto telemático (y a pesar de haber alegado que estaba enfermo).

La autorización del voto presencial a un diputado que ya ha votado de forma telemática hubiera debido ser solicitada por el propio Casero -y no por su grupo parlamentario- como consecuencia del carácter personal e indelegable del voto.

Solo constando la iniciativa expresa del parlamentario pidiendo el voto presencial, igual que constó previamente la solicitud de voto telemático, pueden descartarse injerencias externas, se sostiene.

Casero renunció al escaño en marzo de 2023, después de que la Sala Penal del Tribunal Supremo viera motivos para juzgarle por delitos continuados de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos en relación con cinco contratos que firmó cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres) en 2017 y 2018, sin sujetarse a los procedimientos administrativos legalmente establecidos.

Alberto Casero, en el centro, el 20 de junio de 2022 a su llegada al Tribunal Supremo para declarar como investigado./

Alberto Casero, en el centro, el 20 de junio de 2022 a su llegada al Tribunal Supremo para declarar como investigado./ Efe

El pasado noviembre pactó con el fiscal y aceptó ser condenado por la Audiencia Provincial de Cáceres a un año y nueve meses de prisión, seis años de inhabilitación y el abono de una indemnización de casi 70.000 euros. Evitó, así, una eventual pena de cárcel.