Joaquín Goyache, rector de la UCM, y Begoña Gómez en un acto.

Joaquín Goyache, rector de la UCM, y Begoña Gómez en un acto. UCM

Tribunales

Una juez no ve delito en el contrato del 'software' de la UCM que usó Begoña y rechaza la querella de Vox

La titular del Juzgado de Instrucción 34 de Madrid, compañera de Peinado, descarta el tráfico de influencias denunciado.

12 septiembre, 2024 15:40

Vox no ha logrado abrir una segunda causa penal contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. La magistrada Coro Monreal, titular del Juzgado de Instrucción número 34 de Madrid, ha inadmitido a trámite la querella en la que se atribuía a Gómez un delito de tráfico de influencias por su intervención en la contratación y uso de una plataforma informática para ayudar a pequeñas y medianas empresas en el cumplimiento de los ODS (Objetivos de Desarrollo sostenible).

El rechazo de la querella sin más trámites se debe a la "falta de significación delictiva de los hechos" que relata, afirma la juez.

La querella, interpuesta en paralelo al procedimiento que instruye el juez Peinado contra Gómez y en el que también se está examinando su actuación como codirectora de una cátedra extraordinaria y un máster en la Universidad Complutense de Madrid (UCM), relataba que la UCM aprobó y tramitó un contrato para la creación de una plataforma de gestión y medición de impacto de ODS para la pequeña y mediana empresa por importe de 60.000 euros, más 12.000 de IVA.

Begoña Gómez firmó el pliego de prescripciones técnicas "a pesar de no tener la cualificación técnica necesaria", según la querella.

Vox añadía que, apenas un mes después de producirse la adjudicación del contrato, Gómez constituyó su empresa, la mercantil Transforma TSC SL, en la que difunde la herramienta para pymes Transforma TSC.

Según la querella, resulta dudosa la adecuación a la legalidad de la creación de la cátedra extraordinaria codirigida por Gómez y la utilización de la misma "para fines espurios propios y personales", ya que "desde la cátedra y con fondos públicos se ha hecho provecho de los contactos, visibilidad e intervenciones desde un ámbito institucional como la UCM para facilitar de forma subrepticia la actividad empresarial, encubierta y propia de la sociedad de la querellada, que ha utilizado su condición de esposa del presidente del Gobierno para la consecución de dichas finalidades".

Los hechos denunciados "no revisten los caracteres de delito", contesta la juez, que destaca que del propio relato de Vox "se desprende que se basa en meras sospechas y conjeturas, que no en indicios sólidos de la comisión del delito" de tráfico de influencias.

De un lado, "no se aprecia" que el expediente de contratación del software por parte de la UCM "se haya desarrollado fuera de las normas que regulan la contratración del sector público".

De otro, fue el vicegerente de la Complutense el que resolvió aprobar y tramitar el expediente "vista la memoria de contratación presentada por el director de la Escuela de Gobierno de fecha 2 de agosto de 2023 motivando la necesidad del contrato" y el acuerdo de la mesa de contratación.

"Ninguna influencia consta que la querellada haya podido ejercer en el funcionario que dicta la primera resolución ni sobre los miembros de la mesa de contratación", observa la juez.

"La presión moral que la querellada tendría que haber ejercido prevaliéndose de su relación marital [con el presidente del Gobierno] debería haber sido con el funcionario" que aprobó la contratación o sobre los miembros de la mesa de contratación, añade.

La juez señala que "se expone en la querella que la querellada lleva a cabo la redacción del pliego de prescripciones técnicas, a pesar de no tener la cualificación técnica necesaria, sin especificar qué cualificación técnica sea precisa".

Hay que tener en cuenta, agrega, que Gómez trabaja para la Complutense en materias de transformación social desde 2012 y que el máster que desarrolla ya lleva 11 ediciones, por lo que "cabe presumirle cierta experiencia profesional desarrollada en la propia UCM, antes incluso de que su esposo fuera presidente del Gobierno, relación de parentesco que, por sí sola, no justificaría la existencia de prevalimiento".