Pedro Sánchez y su esposa, Begoña Gómez, en julio de 2023 en Lituania.

Pedro Sánchez y su esposa, Begoña Gómez, en julio de 2023 en Lituania.

Tribunales

La Audiencia de Madrid rechaza adelantar un recurso de Begoña Gómez: no es "preferente"

La Sección 23 mantiene para el próximo día 30 la decisión sobre las irregularidades denunciadas respecto a la instrucción del juez Peinado.

19 septiembre, 2024 14:06

La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado el recurso interpuesto por la defensa de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, contra el señalamiento para el próximo 30 de septiembre de la deliberación y fallo de un recurso anterior referido a la instrucción del juez Juan Carlos Peinado.

Este magistrado investiga a Gómez por supuestos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios por las actividades empresariales que ha llevado a cabo en los últimos años. 

La defensa de Gómez pidió el pasado 27 de julio a la Audiencia que no demorase hasta el 30 de septiembre la resolución del recurso que interpuso el 8 de julio, en el que denuncia que Peinado está instruyendo una "causa general" sobre la mujer del presidente del Gobierno y que no ha determinado, como exige la ley en garantía del derecho de defensa, el objeto de las diligencias que instruye el juez Juan Carlos Peinado.

El letrado Antonio Camacho sostenía que durante todo ese tiempo se está causando "un perjuicio de imposible reparación" a la investigada, dadas las "graves violaciones" del derecho de defensa que, en su opinión, se están produciendo "no solo respecto de mi clienta sino de todos los investigados en este procedimiento, dada la errática deriva procesal y material que está tomando el mismo".

"Lo más grave", afirmaba, es el "mutante" objeto del procedimiento. A pesar de que el 1 de julio el juez determinó que la investigación se limitaba a los hechos narrados en la denuncia inicial presentada por el sindicato de funcionarios Manos Limpias, luego "ha ido extendiendo la investigación sin concretar, o concretando de forma contradictoria, el objeto del procedimiento y sin llevar a cabo una delimitación rigurosa del objeto del mismo".

"Trasladar la resolución del recurso de apelación interpuesto por esta
parte a casi tres meses después de su interposición lo único que va a permitir es que esa endiablada investigación vulneradora de los más esenciales principios del derecho de defensa continúe", indicaba el defensor.

En una breve resolución, la Sección 23 explica que el señalamiento del recurso contra la instrucción de Peinado "ha seguido el orden ordinario del despacho de asuntos, según la agenda de señalamientos de este Tribunal, puesto que no se
trata de un asunto de resolución preferente".

Añade que las vulneraciones del derecho de defensa que se exponen "exceden del objeto del recurso" contra el señalamiento.