El Supremo acuerda investigar al fiscal general García Ortiz por revelar datos reservados del novio de Ayuso
- La Sala Penal ve necesario investigar cómo llegaron a los medios los correos electrónicos que intercambiaron la defensa del empresario González Amador y el fiscal que redactó la denuncia contra él.
- Más información: García Ortiz rechaza dimitir y defiende la competencia de la Fiscalía para informar frente a "bulos o falsedades"
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha acordado abrir un proceso contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, para investigar si incurrió en un delito de revelación de secretos por la difusión pública de datos reservados sobre el empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
Es la primera vez que se inicia un procedimiento penal contra un fiscal general del Estado. La decisión ha sido tomada por unanimidad por el presidente de la Sala, Manuel Marchena, y los magistrados Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Carmen Lamela y Susana Polo, esta última ponente de la resolución.
Con el "total respaldo" del Gobierno, García Ortiz ha descartado dimitir "en el convencimiento de que la continuidad en el cargo es lo menos gravoso y más prudente para la institución a medio y largo plazo".
La decisión del Tribunal Supremo se produce tras la interposición de dos querellas por la Fundación Foro Libertad y Alternativa y el sindicato Manos Limpias y de la elevación de una exposición del magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid Francisco José Goyena, que ha investigado una querella de González Amador y una denuncia del Colegio de Abogados de Madrid.
La investigación del TSJM se centró en una nota informativa difundida por la Fiscalía Provincial de Madrid el pasado 14 de marzo con el fin de salir al paso de noticias falsas de algunos medios, según los cuales el Ministerio Público había ofrecido un acuerdo de conformidad penal a González Amador y luego lo había retirado "por órdenes de arriba" con el fin de llevarle a juicio.
La realidad era que el pacto había sido ofrecido a la Fiscalía por el abogado de González Amador en un correo electrónico en el que se asumía que el empresario había cometido dos delitos fiscales.
La Fiscalía siempre ha sostenido la irrelevancia penal de esa nota informativa -cuya difusión asumió García Ortiz en primera persona-, entre otras razones porque los datos reflejados en la nota de prensa ya habían sido difundidos por la prensa.
El magistrado instructor del Tribunal Superior de Madrid, sin embargo, vio indicios del delito de revelación de secretos en ese comunicado informativo. "Contiene una exhaustiva, minuciosa y detallada narración, descripción y secuencia de los hechos, datos y circunstancias relativos a las diligencias de investigación incoadas por la Sección de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial de Madrid [contra la pareja de Díaz Ayuso], conversaciones internas entre el fiscal encargado del asunto y la defensa del querellante, resultado de las mismas y que desembocan en la presentación de una denuncia por la Fiscalía y el ofrecimiento de un acuerdo", una información que según Goyena, "no puede ser revelada a terceros".
Los correos de la defensa
La Sala Penal del Supremo parece quitar la razón a Goyena. Tras mencionar los numerosos datos publicados por los medios sobre la investigación de la Agencia Tributaria y de la Fiscalía al novio de Díaz Ayuso, el alto tribunal afirma que "aparentemente, no hay información indebidamente revelada, ante el conocimiento público de los hechos".
El Supremo se fija en algo que el instructor del TSJM ni siquiera mencionaba en la exposición en la que concretó los indicios delictivos que había apreciado en García Ortiz: la difusión de los correos electrónicos que la defensa de González Amador intercambió con el fiscal que redactó la denuncia contra él, Julián Salto. La iniciativa de ese intercambio de mensajes partió del defensor del empresario, que ofreció llegar a un acuerdo sobre la pena asumiendo la comisión de delitos fiscales por parte de la pareja de Ayuso.
El instructor del TSJM no investigó esos correos pese a que, en varios escritos, la Fiscalía puso de manifiesto que, con anterioridad a la nota del Ministerio Público, algunos medios que difundieron esos mensajes citaron como origen de las noticias "fuentes próximas a la defensa".
La resolución del Supremo interpreta que Goyena, tras recibir el pasado 11 de junio un escrito de García Ortiz asumiendo la responsabilidad de la nota informativa, "deja de practicar actividad instructora, la cual quedó por ello inconclusa en cuanto a extremos relevantes y necesarios para valorar" la revelación de secretos.
"En concreto", añade en cuanto al objeto de la causa abierta ahora en el alto tribunal, "cómo tuvieron acceso los medios de comunicación a los correos, horas antes a dar publicidad a la nota informativa, cuando los mismos estaban en poder del fiscal general del Estado y de la fiscal jefa provincial, enviados por el fiscal Salto a partir de las 22 horas del día 13 de marzo, y dispusieron de ellos ambos para elaborar y consensuar la nota informativa".
Indicios "cualificados"
Aunque, para abrir una causa a un aforado, el Supremo viene exigiendo "indicios sólidos de responsabilidad" o "indicios cualificados" ("no basta cualquier sospecha o conjetura", "no son suficientes las posibilidades", ha declarado), la resolución por la que otorga la condición de investigado al fiscal general no menciona contra él ningún otro indicio que la mera tenencia de los correos electrónicos cuya difusión cree preciso indagar.
El acceso a los correos no se limitó, sin embargo, a García Ortiz y Pilar Rodríguez, que los reclamaron a Salto al amparo del artículo 25 del estatuto fiscal ("Los miembros del Ministerio Fiscal pondrán en conocimiento del fiscal general del Estado los hechos relativos a su misión que por su importancia o trascendencia deba conocer").
Además de ellos, tuvieron acceso a los correos otras autoridades -como la fiscal superior, Almudena Lastra, excluida de la causa que el Supremo ha abierto- y, claro es, la defensa de González Amador y su entorno.
La fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, sí será investigada junto a García Ortiz. Aunque no tiene la condición de aforada, la resolución explica que ambos comportamientos -el del fiscal general y el de ella- guardan una conexión inescindible que impide la incoación de causas separadas.
El instructor de la causa será el magistrado de la Sala Penal Ángel Hurtado.