El TC empieza a tramitar, dividido, la recusación del fiscal contra el juez Macías para apartarle de la amnistía
- Cuatro de los 10 miembros del pleno defienden que el escrito del Ministerio Público fue presentado fuera de plazo, al computar una fecha equivocada de toma de posesión del magistrado.
- Más información: La ponente del TC para la recusación del juez Macías propone que se tramite eludiendo su extemporaneidad
El Tribunal Constitucional ha acordado hoy abrir la pieza separada sobre la recusación de José María Macías por el fiscal general, que pretende que este magistrado no intervenga en la resolución de la cuestión de inconstitucionalidad promovida por el Tribunal Supremo respecto a la amnistía del 'procés'.
Ha sido una decisión controvertida: cuatro de los 10 miembros del tribunal (Macías no intervino y Juan Carlos Campo está abstenido) han defendido que el fiscal general presentó extemporáneamente su recusación, por lo que tendría que haber sido inadmitida.
La recusación fue registrada el pasado 19 de septiembre. El fiscal general indicó que el plazo de 10 días hábiles establecido en la ley para recusar debía computarse desde la toma de posesión de Macías como juez del TC, lo que, según el Ministerio Público, se había producido el 6 de septiembre anterior.
Sin embargo, lo que se produjo en esa fecha fue un acto protocolario y sin efectos jurídicos para dar la bienvenida al tribunal al nuevo magistrado, con la imposición de las insignias correspondientes al cargo.
Macías, en realidad, había tomado posesión el 31 de julio, tras aparecer su nombramiento en el BOE el día anterior, tal como informó en una nota el propio TC.
Desde el 31 de julio Macías quedó integrado en la Sala Primera y en la Sección Segunda del Tribunal Constitucional, recibiendo las ponencias que le corresponden.
Los magistrados que defendieron la extemporaneidad de la recusación indicaron que debió ser promovida antes del 14 de agosto y subrayaron que, a diferencia de otros, el fiscal es parte necesaria del proceso sobre una cuestión de inconstitucionalidad desde que se registra, asignándole número y ponente. Esto ocurrió el 30 de julio y se notificó al Ministerio Público.
La mayoría del TC ha considerado, sin embargo, que el plazo de 10 días para recusar debe computarse desde que se admitió a trámite la cuestión de inconstitucionalidad del Tribunal Supremo, lo que ocurrió el 11 de septiembre.
Por ello, aunque efectivamente el fiscal se equivocó al considerar el 6 de septiembre como fecha de toma de posesión de Macías, la recusación no es extemporánea.
La magistrada Laura Díaz Bueso será la instructora del incidente. El pleno del tribunal ha acordado dar traslado a las partes personadas (Congreso y Senado) para que en un plazo de tres días manifiesten si se adhieren o se oponen a la causa de recusación propuesta.
El fiscal ha recusado a Macías porque, en su anterior condición de vocal del Consejo General del Poder Judicial, respaldó dos informes jurídicos en los que se cuestionaba la amnistía a los responsables del proceso soberanista catalán.
Una vez recibidas las alegaciones de las partes, se dará traslado a Macías para que se pronuncie sobre si acepta o rechaza las causas de recusación.
Después la instructora decidirá sobre la admisión o no del incidente de recusación. Si fuese admitido, Díez Bueso remitirá toda la documentación a la ponente del incidente de recusación, que es la vicepresidenta, Inmaculada Montalbán, que propondrá al pleno si debe apartarse o no el magistrado recusado.