El juez archiva la denuncia de Aída Nízar contra Errejón por abuso sexual al estar prescrita desde hace más de cuatro años
- Los hechos habrían ocurrido en Barcelona en mayo de 2015, por lo que la eventual responsabilidad penal habría prescrito en 2020.
- Más información: El juez cita a Errejón y a Elisa Mouliaá el 16 de enero tras un recurso del exdiputado contra la paralización del proceso
El Juzgado de Instrucción número 11 de Barcelona ha archivado la denuncia interpuesta por la exconcursante de Gran Hermano Aída Nízar contra el exportavoz de Sumar en el Congreso Íñigo Errejón, al que atribuyó un presunto delito de abuso sexual que está prescrito desde hace cuatro años y medio.
El juez, de acuerdo con el fiscal, ha archivado la denuncia que Nízar interpuso el pasado 29 de octubre, cuando aseguró que el 24 de mayo de 2015 coincidió con Errejón en un acto en la Universidad Complutense de Madrid.
Según la denuncia, el entonces dirigente de Podemos le dijo "Aída tienes que cambiar tus ideas retrógradas políticas", "eres más guapa en persona", dándole un abrazo.
La denunciante aseguró que en ese momento Errejón "la acercó a sus partes, sintiendo, notando que presentaba una erección, a la vez que le daba un beso en la mejilla derecha, diciéndole 'tienes que darme tu teléfono'".
Ella le apartó bruscamente, pero el denunciado se acercó y le dio "un fuerte azote en las nalgas".
Tras el azote, Errejón le susurró al oído: "A ver bonita, cuánto vas a tardar en seguir trabajando en Cataluña". La excolaboradora televisiva cuenta que se marchó del acto sintiéndose "humillada, vejada, baboseada y repugnada" tras el trato dado por Errejón.
Al día siguiente, el pasado 30 de octubre, Nízar acudió de nuevo a la Comisaría para precisar que los hechos no sucedieron en Madrid, sino en Barcelona.
El juez José María Torras indica en la resolución de archivo que los hechos denunciados pudieran conceptuarse como un delito de abuso sexual, de acuerdo con el Código Penal vigente en el momento de los hechos.
Ese delito estaba entonces castigado con una pena de prisión de 1 a 3 años o multa. El plazo de prescripción era de 5 años, por lo que la responsabilidad penal se extinguió en mayo de 2020.
"La denuncia refiere hechos supuestamente cometidos hace más de nueve años", señala el juez. "La denunciante, cuando acontecieron, no era menor de edad, sino mayor de edad y no existe ningún acto con eficacia y virtualidad interruptiva de la prescripción, ergo, el presunto delito de abuso sexual denunciado debe reputarse prescrito", concluye.
Errejón tiene abierto un proceso penal en el Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid por una denuncia de la actriz Elisa Mouliaá, que sí ha sido admitida a trámite.
El instructor, Adolfo Carretero, acaba de rectificar su decisión de suspender las diligencias por la baja médica de la abogada de Mouliaá, Carla Vall, baja anterior a su propia personación en el procedimiento, por lo que la defensa de Errejón recurrió contra la paralización de la investigación.
Tanto Mouliaá como Errejón están citados a declarar el próximo 16 de enero.