Algebris pierde el recurso contra PwC: la auditora no aportará al juez las pólizas de responsabilidad civil de 2014
- La Audiencia Nacional reprocha a la gestora de activos que pretenda una ampliación de los hechos investigados en el caso Popular una vez cerrada la instrucción.
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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso con el que la gestora de activos Algebris pretendía que PwC, auditora del Banco Popular, aportara las pólizas de responsabilidad civil del año 2014.
El juez instructor del caso Popular, José Luis Calama, acordó el pasado 11 de julio requerir a PwC para que aportase las pólizas de responsabilidad civil para cubrir su actividad empresarial y la de sus socios Pedro Barrio y José María Sanz -ambos imputados- durante el ejercicio de 2015 y primer trimestre de 2016.
Calama consideró, sin embargo, "innecesario" extender el requerimiento a las pólizas de responsabilidad civil que PwC pudiera tener concertadas en el año 2014, ya que los hechos que han motivado que la antigua cúpula del Banco Popular vaya al banquillo no se produjeron en ese año.
La Sala ha confirmado el criterio del instructor. "La delimitación temporal de los hechos [objeto del procedimiento] ya ha venido fijada a lo largo de la causa" y se concretan en la ampliación de capital de Banco Popular de 2016 y en la supuesta manipulación del valor de cotización de la acción de la entidad durante 2017 y hasta la resolución del Popular la entidad por las autoridades europeas en junio de este último año.
"Las supuestas irregularidades del año 2014 no forman parte de esta investigación", zanja la Audiencia Nacional.
"No se puede pretender ahora una ampliación objetiva de los hechos tras haberse cerrado la fase de instrucción, y, menos aún, a través de un recurso referido a las responsabilidades civiles que pudieran derivarse", añade.
Los magistrados argumentan que "una cosa es pretender que existan unas supuestas falsedades o irregularidades de unos determinados estados financieros de una entidad bancaria y otra, bien distinta, que aquéllas produzcan un efecto expansivo sobre los estados anteriores o posteriores, estableciendo así una suerte de presunción de irregularidad general que no es así, en clara discordancia con lo recogido" en la resolución en la que Calama vio motivos para sentar en el banquillo al expresidente de la entidad Ángel Ron, a otros doce exdirectivos y a PwC por delitos de estafa a inversores y falsedad contable.
Algebris indicaba en su recurso que resultaba imposible pretender que los estados financieros de Banco Popular de los ejercicios de 2015 y 2016 eran falsos y que esa incorrección no afectase a ejercicios anteriores. Y señalaba que la trama Thesan -empresa radicada en Luxemburgo a través de la cual el Popular habría ocultado agujeros contables- se desarrolló entre 2011 y 2017.
La Sala desestima estas alegaciones por "desbordar claramente el período al que se circunscriben los hechos delictivos".
Confirma los argumentos del instructor en el sentido de que el hecho de que la trama Thesan se extendiese de 2011 a 2017 "no justifica la petición en cuestión al no haberse producido en el año 2014 el hecho dañoso que fundamentaría la obligación de resarcimiento del daño".
"De acoger ese fundamento [del recurso] habríamos de preguntarnos por qué no solicitar también las pólizas correspondientes a los años 2011, 2012, y 2013, e incluso 2017", concluye.