Una doctora le toma la tensión a una paciente en un centro de salud

Una doctora le toma la tensión a una paciente en un centro de salud Efe

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Confirmado por la Seguridad Social: estas son las nuevas condiciones para poder pedir la baja laboral

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Cuando un trabajador contrae una enfermedad, o una lesión, ya sea fuera o dentro de horario laboral, un profesional sanitario puede firmar un reconocimiento conocido como baja médica con la que el trabajador puede justificar no trabajar. Es lo que se conoce como baja laboral.

Así, la baja laboral es uno de los derechos que tienen los trabajadores para poder justificar su ausencia del trabajo durante un tiempo determinado por motivos de salud. Durante este período de baja, el trabajador sigue cotizando.

El pasado año se registraron más de 8 millones de bajas laborales en todo el país, lo que se tradujo en alrededor de 14 millones de euros de gasto al Estado. Estas cifras levantaron las alertas dentro del Gobierno, que empezaron a sospechar de la legitimidad de muchas de ellas.

¿Cuáles son las nuevas condiciones para la baja laboral?

Por ello, ante estas sospechas, Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha detallado las nuevas condiciones para poder pedir la baja laboral de ahora en adelante.

La principal novedad es que a partir de ahora las empresas tendrán que informar a la Seguridad Social acerca de las funciones de cada trabajador que pida dicha baja. A través de esta medida de verificación, la intención es ayudar a los evaluadores del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a determinar si realmente el estado de salud del trabajador es una justificación para que sea incapaz de poder realizar sus tareas dentro de la empresa.

La otra gran novedad es el nuevo sistema de revisiones médicas que plantea la Seguridad Social para los trabajadores con bajas justificadas. Es decir, a partir de ahora se empezarán a realizar más revisiones médicas para aquellos trabajadores que cuenten con una baja justificada y comprobar que su período de baja sea relativo a su enfermedad.

Esto preocupa a algunos trabajadores dado que es posible que, con estas nuevas revisiones, podrían tener que reincorporarse antes de conseguir la recuperación completa o antes de tiempo.

En relación con el tiempo de baja, la duración máxima se mantiene la misma que indica el artículo 169 de la Ley General de la Seguridad Social, a través del cual la duración máxima de una baja laboral es un año, es decir, 365 días, con posibilidad de prorrogar otros 180 días.

Por tanto, el máximo en su totalidad está en 545 días de baja por incapacidad temporal. Después de este período, el trabajador tendrá que regresar a la empresa, o por el contrario, pasaría a ser una incapacidad permanente.

Con estas nuevas medidas, la Seguridad Social planea evitar fraudes de trabajadores con baja laboral injustificadas o prolongadas de forma innecesaria, y así evitar un derroche mayor por parte del Estado en pagar esos subsidios.