“Comenzó realmente bien pero ha continuado de forma inquietante”, dice Simona Levi sobre el proceso de elaboración de la Carta de Derechos Digitales del Gobierno, cuya versión preliminar se publicó el 16 de noviembre. Levi, cofundadora de Xnet y codirectora del curso de postgrado ‘Tecnopolítica y derechos en la era digital’ en la Universidad de Barcelona, forma parte del grupo asesor de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial (SEDIA) para la creación de dicha carta.
A la vista del resultado, Levi -considerada por la revista Rolling Stones como una de las 25 personas que están definiendo el futuro- dice sentirse obligada a emitir públicamente un voto particular “por algunas partes muy criticables del borrador de carta presentado”. Asegura que dicho borrador “no se corresponde con la realidad del trabajo realizado” y tacha de incierta la afirmación de que la propuesta publicada está “elaborada por el Grupo de Expertos constituido por la SEDIA”.
“No todos los acuerdos del grupo aparecen en la carta, y muchas partes que sí aparecen no han sido fraguadas en el grupo”, afirma. Lo correcto -dice- sería “especificar que dicho borrador lo ha elaborado la SEDIA y que en el proceso de elaboración se han recogido propuestas del grupo asesor”. Levi asegura que esto es algo que ya había pedido cambiar a la SEDIA antes de publicarse el documento, “pero solo se ha añadido una nota al pie, sin cambiar sustancialmente el texto a este respecto”.
Esta ambigüedad por la que "se atribuye a los expertos una autoría que no es tal" le ha empujado a expresar sus divergencias en un documento con 29 enmiendas que firma también en nombre de Xnet. Ayer se lo hizo llegar al Gobierno a través del cauce facilitado por la SEDIA para la consulta pública de la carta, abierta hasta este domingo 20 de diciembre.
Privacidad, seudonimato, perfilado
Levi considera que el contenido de la carta “no mejora la ley vigente sino que lo empeora”, y que “avala la inminente instauración de la censura previa administrativa”. También critica que a veces se mencione lo digital como espacio a segregar y no de principios que se han de aplicar en general. “Esta segregación hace de internet un espacio de estado de excepción, lo contrario de lo que debería hacer una Carta de Derechos Digitales”, afirma.
La cofundadora de Xnet sostiene que a lo largo de la carta “las referencias a la legislación a menudo constituyen limitaciones innecesarias”. “Una Carta de Derechos -prosigue- debería servir para crear nuevas leyes, y no para reiterar constantemente que todo estará subordinado al marco normativo vigente”. Considera que esta reiteración “parece hecha más para tranquilizar al statu quo que no quiere ver cambios, que para liderar un cambio real”, asegura. Esta perspectiva no resiste -a su juicio- la comparación con Cartas de países que realmente son líderes en el tema.
Sobre el derecho a la protección de datos especificado en la carta, Levi afirma que el actual Reglamento Europeo de Protección de Datos garantiza derechos más relevantes, “ineludibles”, que el borrador del Gobierno no enuncia, como la minimización y la privacidad por diseño y por defecto. Sobre el derecho al seudonimato asegura que, si bien es justo defenderlo, “no debería entenderse como una forma de obviar la defensa del anonimato y la inviolabilidad de las comunicaciones que cierto tipo de seudonimización no garantizaría”.
Respecto al derecho a no ser localizado y perfilado, la experta cree “peligroso” que dicho perfilado pueda llevarse a cabo tan solo con el consentimiento del usuario. “El consentimiento depende del poder contractual de las personas y la asimetría de poder hace de él algo viciado: damos consentimiento porque no tenemos más remedio”, afirma. “Una carta como esta debería servir para garantizar que los poderes públicos velen para que esto no suceda y no contribuir a dejarlo en manos de este desequilibrio de fuerzas”, sostiene.
Por otra parte, considera que la carta incurre en contradicciones, al no fijar el no perfilado como opción por defecto en cualquier escenario. Además -dice- “si alguien quiere que se le apliquen técnicas de perfilado para recibir, por ejemplo, publicidad segmentada, lo debe poder pedir”.
Protección de menores y obligaciones corporativas
Levi considera que el enfoque predominante en la carta está marcado por “un sesgo normalizado hostil a lo digital” y que es “preocupante por moralista”, además de “criminalizador de todo internet y represivo”. En concreto, sobre el apartado de la carta relativo a la protección de menores en el entorno digital, dice que “los menores se han de acompañar pero no censurar”, y que “se ha de estimular un buen uso de la tecnología, no inculcar únicamente miedo”.
La experta también considera problemático que se considere la educación digital como una mera digitalización de la educación. “Es un derecho relacionado con la inclusión y la no discriminación en el entorno digital. Implica alfabetización, capacitación y formación y actualización digital permanentes, accesibles y no discriminatorias”, señala. Cree que hablar solo de peligros y no de oportunidades “es extremadamente dañino” y haría de los más pequeños “personas incapaces e inadaptadas”.
En lo laboral, la cofundadora de Xnet critica que la carta contemple únicamente informar sobre el uso de la analítica de datos o sistemas de inteligencia artificial en la gestión, monitorización y procesos de toma de decisión en materia de recursos humanos y relaciones laborales. “Utilizar el perfilado en el ámbito laboral debería ser una excepción extremadamente motivada y no una norma que solo requiere de informar”.
Levi considera también laxas las referencias sobre las obligaciones corporativas en el entorno digital. “Si la experiencia de Cambridge Analytica ha servido para aprender algo es que no se puede permitir que las empresas abusen de los datos de sus clientes, ni privatizar datos del común, y deben poner a disposición los datos recopilados en el desempeño de sus servicios cuando sean de utilidad para el interés general. Deben, cuanto menos, respetar la ley: no perfilar, minimizar los datos, custodiarlos correctamente, informar debidamente sobre su uso y garantizar privacidad por diseño y por defecto”, apunta.
La experta también considera una omisión grave que solo se mencione el derecho a remuneración con respecto al personal creativo. “¿Es que las demás personas no tienen este derecho? ¿Por ejemplo quienes trabajan en plataformas o ámbitos digitales?”, se pregunta.
Libertad de expresión, información, creación y participación
En relación con la libertad de expresión y de información, Levi cree que la versión actual de la carta “avala la inminente instauración de la censura previa administrativa que comenzará en temas de propiedad intelectual y luego se extenderá a otros ámbitos”. Apuntando a las muchas menciones a la Constitución de la Carta, considera que “se echan en falta estas alusiones donde más se necesitan”, como en este ámbito en el que se ha omitido que “solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de una resolución judicial”.
En cuanto al derecho de rectificación, afirma que es necesario puntualizar que, frente a este, debe primar el derecho a la información en casos de interés público. “De no ser así, dicho derecho puede utilizarse para encubrir delitos y modificar la huella informativa, como de hecho está sucediendo”, afirma.
Otra cosa que Levi echa en falta es un apartado dedicado a la canalización efectiva de la participación ciudadana para reducir la intermediación de los partidos políticos en la gestión de la gobernanza. “No tiene nada que ver con la simulación de participación que se ofrece actualmente. La participación política real es otra cosa: el derecho a contribuir a la gobernanza por medio de sistemas de corresponsabilidad y participación organizados, transparentes, auditables, usables, efectivos y vinculantes; el derecho al reconocimiento y trazabilidad de las contribuciones, y a la protección efectiva de las y los ‘alertadores’ de abusos que afectan al interés general”.
Levi critica asimismo la referencia en la carta a las normas sobre propiedad intelectual. “La ley del copyright es lesiva para varios derechos fundamentales, es un obstáculo para que los creadores puedan vivir dignamente de su trabajo y somete la libre empresa de productores y distribuidores independientes a un ámbito de grandes monopolios que les impide prosperar en condiciones de igualdad de oportunidades”, asegura. Por otra parte -dice- esta ley “impide el acceso a la cultura y al conocimiento de cualquier creación que no tenga valor comercial aunque sí cultural, lo que crea una escasez ficticia y lesiva para la cultura de la población en general”.
Levi está satisfecha con la decisión de SEDIA de ampliar el plazo de la consulta pública relativa a la Carta de Derechos Digitales (del 4 de diciembre al 20 de diciembre). “Significa que ha habido presiones que han surtido efecto”, dice. Sobre este proceso pide que las enmiendas recibidas por el Gobierno sean públicas, visibles, consultables, trazables y usables. “Lo digital permite canalizar la transparencia para la trazabilidad de la gobernanza, algo que se podría practicar desde ya para que estos instrumentos no acaben siendo cortinas de humo”, concluye.