Los banqueros tendrán que devolver su sueldo variable si hacen una mala gestión
La nueva directiva evitará de forma automática escándalos como los que ocurrieron en Bankia o Novacaixagalicia
10 febrero, 2016 00:55Noticias relacionadas
El miércoles entra en vigor la nueva circular del Banco de España que completa la adaptación a la directiva internacional de Basilea III. Entre las nuevas disposiciones, la entidad ha querido regular la remuneración variable que obtienen los responsables de las distintas entidades. Con esta directiva, los reguladores quieren evitar situaciones como las que se han producido en los últimos años, ya sea por una mala gestión financiera de las entidades, o por las actuaciones irregulares, como son los casos de la salida a bolsa de Bankia o las preferentes.
La nueva regulación obligará a las entidades a incorporar “cláusulas de reducción” de esta retribución variable, que podrán activarse si la situación financiera de la entidad es complicada o si el banquero no ha desempeñado bien sus funciones. Pero la normativa va más lejos y dicta que los banqueros tendrán que devolver estas retribuciones si se demuestra que su gestión fue negativa. Por ejemplo, si pasados unos años, se descubre que una entidad tenía un agujero contable, o que tenía unas necesidades de capital mayores de las previstas, los responsables de esta gestión tendrán que devolver el dinero cobrado en ese periodo.
De esta manera, situaciones como las que se vivieron en la crisis, con gestores que vaciaron el patrimonio de algunas cajas y, al mismo tiempo, cobraron emolumentos elevados por su trabajo, ya no se volverá a repetir. Las entidades tendrán que incorporar estas cláusulas de devolución de los variables en sus acuerdos laborales. El Banco de España consigue así que los directivos de las entidades no sólo se preocupen por lograr los objetivos económicos de la entidad en el corto plazo, sino que también cuiden la situación financiera de las entidades.
¿Qué es un mal desempeño?
El Banco de España apunta a cuatro factores que, como mínimo, tendrán que considerar las entidades para ver si el papel de los banqueros es merecedor de esas retribuciones. El primero de ellos es incurrir en “fallos significativos en la gestión del riesgo”, cometidos en el conjunto de la entidad o en algún área concreto de su negocio. El mejor ejemplo de una mala gestión del riesgo fue la exposición al ‘ladrillo’ que asumieron muchas entidades durante la expansión de los años 2000, porque los precios de los inmuebles estaban muy altos y porque muchos bancos centraron su negocio sólo en este sector.
También supondrá un motivo de revisión de la remuneración el hecho de que una entidad sufra un incremento de las necesidades de capital que no estuviese previsto en el momento en el que se tomaron esas posiciones. Un error que vendría derivado de un mal análisis del riesgo de las inversiones.
En segundo lugar, el Banco de España se centra en actividades irregulares que hayan realizado los banqueros en el desempeño de su función. Tendrán que devolver el variable si tienen alguna sanción regulatoria, condenas judiciales, si se saltan los códigos de conducta internos de las entidades o si tienen conductas irregulares. El regulador pide a las entidades que presten especial atención a la comercialización inadecuada de productos financieros. Con esta normativa, se quiere evitar situaciones como las cláusulas suelo abusivas, las preferentes, la salida de Bankia a bolsa o las hipotecas multidivisa que se comercializaron en las sucursales bancarias a personas sin formación financiera.
Esta directiva pone el foco sobre la comercialización de fondos de inversión en las sucursales bancarias. Para muchas entidades, las comisiones de los fondos están arreglando sus cuentas de resultados muy perjudicadas por la baja rentabilidad. La alerta la puso sobre la mesa la CNMV europea (ESMA), que ha denunciado que la venta de estos productos se está realizando de forma incorrecta, sin advertir a los clientes de los riesgos que supone cambiar sus depósitos (que no ofrecen rentabilidad) por fondos.
Además de todo esto, la remuneración variable también tendrá que limitarse, o eliminarse si está en vigor una exigencia o una recomendación del regulador de que la entidad limite el pago de su dividendo.
La aportación a las pensiones
La directiva también afecta a las pensiones de los banqueros, para evitar situaciones como fue el escándalo de las pensiones millonarias de la cúpula de Novacaixagalicia. A partir de ahora, una parte de la pensión (como mínimo el 15%) se incluirá dentro de la retribución variable y, en cualquier caso, se incluirá como variable la pensión que exceda lo pactado para los empleados, las aportaciones extraordinarias que no aparezcan en los contratos o las relacionadas con cambios sustanciales en las condiciones de la jubilación.
Estos beneficios de las pensiones, como parte de la remuneración variable, tendrán su mismo tratamiento. Durante un periodo de cinco años, esta retribución estará retenida y, si se demuestra una gestión mala o irregular, la entidad podrá reclamar la devolución.
Las entidades con ayudas públicas
En el caso de las entidades que hayan recibido ayudas públicas, la aprobación de la remuneración variable tendrá que contar con el visto bueno del regulador o la autoridad competente. La comisión de remuneraciones deberá justificar por qué se abona un extraordinario a los responsables de una entidad que haya necesitado el apoyo de la Hacienda pública.
También tendrá que informar al regulador de las indemnizaciones que vaya a pagar a cualquier administrador o directivo que vaya a salir de la compañía.