El Supremo ha anulado el auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que ordenaba suspender el 30% de los vuelos del aeropuerto de Barajas que sobrevuelan la urbanización madrileña de Santo Domingo. La Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal ha considerado que aquel auto, que había sido suspendido provisionalmente y recurrido ante el Supremo, no ejecutaba adecuadamente su sentencia de 2008.

Tras rechazar que dicha sentencia exija una prohibición absoluta de sobrevuelo en la zona controvertida, el Tribunal Supremo considera que "una reducción de los vuelos al 30% -según había establecido el TSJ de Madrid- tampoco constituye fiel ejecución de lo ordenado en su día". "El Tribunal Supremo, que dará a conocer el texto de su resolución en los próximos días, fija las bases que deberá seguir la Administración para la exacta ejecución de la mencionada sentencia", informa en una nota.

El ruido viola la intimidad domiciliaria, dijo el TSJ 





La sentencia del TSJ dictaminó que la pista 18R/36L de Barajas vulnera el derecho a la intimidad domiciliaria de los vecinos por el ruido que provocan los aviones que sobrevuelan la urbanización Ciudad Santo Domingo.





El Supremo señalará en la sentencia las posibilidades existentes para encontrar un equilibrio entre los derechos de los vecinos y el interés general; lo que ha anunciado este miércoles es solamente el fallo.





AENA alertó de la posible pérdida de decenas de miles de empleos si se suspendía el citado 30% de vuelos.





El fallo pone punto final a un conflicto que dura ya más de una década, el que gira en torno a la ruidosa pista 18R/36L de Barajas.

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